MEDINA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
3 de mayo de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Con fecha 23 de marzo pasado compareció Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de José Alejandro Medina Mendoza, R.U.T. 27.113.527-0, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Armando Rossel Gómez Nº 755, Vallenar, región de Atacama, quien interpuso acción de protección de garantías constitucionales en contra del Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en avenida Matucana 1223, comuna y ciudad de Santiago, representado por su director, don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria derivada de la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva, situación que produce la vulneración del derecho de igualdad ante la ley previsto en el N°2 del artículo 19 de la Constitución Política. Expone quien comparece, que don José Alejandro Medina Mendoza presentó el día 8 de septiembre de 2020, una solicitud de beneficio de prórroga de visa temporaria por el sistema informático establecido para el efecto por la Dirección de Extranjería y Migración, en cumplimiento con las normas establecidas en los artículos 125 y siguientes del Decreto N°597 de 1984 del Ministerio del Interior, que aprueba el Reglamento de Extranjería. Refiere que hasta la fecha de interposición del presente recurso dicha solicitud no ha tenido una respuesta final, ya sea en el sentido de conceder o denegar la prórroga de visa temporaria solicitada. Sostiene que esta omisión afecta el derecho a la igualdad ante la ley, consagrado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República y garantizado por el recurso de protección. Agrega que al no resolverse dicha solicitud, la omisión administrativa cometida atenta contra los artículos 4, 7, 8, 14 y 27 de la Ley 19.880. En efecto, manifiesta que el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, o su continuador legal, el Servicio Nacional de Migraciones, debe emitir una resolución final que acoge o rechaza la prórroga de visa
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C.A. de Copiapó Copiapó, tres de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Con fecha 23 de marzo pasado compareció Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, en favor de José Alejandro Medina Mendoza, R.U.T. 27.113.527-0, de nacionalidad venezolana, domiciliado en calle Armando Rossel Gómez Nº 755, Vallenar, región de Atacama, quien interpuso acción de protección de garantías constituci
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