JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

FATIMA ZULEIMA CADENILLAS RODAS C/ DANIEL MARCELO ARANIS VARGAS

Rol

Fecha

3 de mayo de 2022

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Visto: Con la cuenta del señor relator -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil veintidós dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, en causa RIT 1396-2022. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-1470-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y la ministro (S) señora Lidia Poza Matus. En Santiago, tres de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha treinta de marzo de dos mil veintidós dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, en causa RIT 1396-2022. Comuníquese por la vía más rápida. N°Penal-1470-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Carolina S. Brengi Zunino, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y la ministro (S) señora Lidia Poza Matus. En Santiago, tres de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de mayo de dos mil veintidós. Visto: Con la cuenta del señor relator -ministro de fe-, y teniendo presente que el abogado recurrente no ha comparecido a estrados, ni se ha inscrito para alegar, y de conformidad además con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 358 del Código Procesal Penal, se declara abandonado el recurso de apelación deducido en contra de

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