JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE MELIPILLA

RAMON SALAZAR BASAEZ CON LORENZO SANHUEZA ZURA

Rol

Fecha

3 de mayo de 2022

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA Y CONFIRMA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A la sentencia en alzada se introduce la siguiente modificación: En el motivo octavo, se elimina la frase “y desvalorización comercial” que se encuentra entre las palabras “materiales” y “sufridos”. Se incorpora, asimismo, en el mismo razonamiento, a continuación de la oración: “Que, en cuanto al monto solicitado por concepto de desvalorización comercial”, la frase: “y lucro cesante”. Y atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se revoca, la sentencia apelada de dieciséis de marzo de dos mil veinte, dictada en los autos rol N° 6433-2018 por el Juzgado Policía Local de Melipilla, en cuanto por ella se otorgó desvalorización comercial respecto del vehículo siniestrado y se declara que no se accede a la indemnización por dicho concepto. Se confirma en lo demás apelado la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 240-2021-Policía Local.

Fallo

se declara que no se accede a la indemnización por dicho concepto. Se confirma en lo demás apelado la referida sentencia. Regístrese y devuélvase. N° 240-2021-Policía Local.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, tres de mayo de dos mil veintidós. Vistos: A la sentencia en alzada se introduce la siguiente modificación: En el motivo octavo, se elimina la frase “y desvalorización comercial” que se encuentra entre las palabras “materiales” y “sufridos”. Se incorpora, asimismo, en el mismo razonamiento, a continuación de la oración: “Que, en cuanto al monto solicitado por concepto de desvalorizaci

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica