SIN INFORMACION

CORDERO/PINILLA

Rol

Fecha

3 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: 1°.- Que comparece el abogado René Ceballo San Martín, con domicilio para estos efectos en calle Cerro Mejillones 1066, Parque Ñuble, comuna de Chillán, quien en representación de Leonor Andrea Cordero Riquelme, cédula de identidad 15.942.362-k, médico veterinario, domiciliada en Liucura Bajo, sector La Junta, fundo El Aromo, parcela D-8, comuna de Quillón, recurre de protección en contra de Ignacia Francisca Pinilla Bernales, estudiante, cedula nacional de identidad 20.998.773-2, domiciliada en calle Rengo 207, Quillón, por su acción ilegal y arbitraria de participar en la administración y entrega de información en la cuenta de Instagram “ignacxx_frxncxscx” y Facebook, en la cual identifica a la recurrente como médico veterinario, mostrando su foto, denostándola, difamándola y exponiéndola a las más diversas degradaciones que afectan su dignidad, su honra y su honor, además de desearle una muerte cruel. Detalla que el 2 de marzo su representada realizó una visita como médico veterinario para la esterilización de tres de las mascotas de Francisca Ignacia Pinilla; que después del procedimiento y debido a la negligencia en los cuidados y no acatar las indicaciones señaladas por su representada a la dueña de las mascotas, y que se debían tener en el post operatorio, una de ellas falleció, procediendo la recurrida a efectuar publicaciones en su cuenta de Instagram y Facebook, funándola y publicando la foto de la recurrente, e incluso deseándole una cruel muerte. Añade que, no bastando con lo anterior, envía reiterados mensajes vía WhatsApp señalándole que personalmente se encargará de que nunca más ejerza su profesión. Tales publicaciones causaron que su representada sufriera una situación de angustia, temor, ansiedad, aislándose en su hogar por casi 30 días. En cuanto al derecho considera que el proceder de la recurrida ha significado una vulneración al derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona así como también, al derecho de igualda

Fallo

Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se rechaza, sin costas, el interpuesto por René Ceballo San Martín, en representación de Leonor Andrea Cordero Riquelme en contra de Ignacia Francisca Pinilla Bernales. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la Ministra Titular señora Érica Pezoa Gallegos. ROL N° 285-2022-PROTECCIÓN.-

Texto Completo (Preview)

Chillán, tres de abril de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que comparece el abogado René Ceballo San Martín, con domicilio para estos efectos en calle Cerro Mejillones 1066, Parque Ñuble, comuna de Chillán, quien en representación de Leonor Andrea Cordero Riquelme, cédula de identidad 15.942.362-k, médico veterinario, domiciliada en Liucura Bajo, sector La Junta, fundo El Aromo, parcela D-8, comun

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