SIN INFORMACION

CRISTIAN MARCELO AGUILAR DONOSO/COMISIÓN LIBERTAD CONDICIONAL I-2022

Rol

Fecha

2 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Cristian Marcelo Aguilar Donoso, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que mediante resolución N°298-2022, rechazó la postulación del amparado, solicitando que la misma sea dejada sin efecto y se le conceda la libertad condicional. De acuerdo a la información remitida por parte de Gendarmería de Chile, el amparado cumple una condena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por el delito de receptación de vehículo motorizado, iniciando su cumplimiento el 09 de julio de 2020, la que finalizará el día 05 de julio de 2023, registrando 5 días de abono, por lo que su tiempo mínimo informado por Gendarmería de Chile corresponde al día 05 de enero de 2022. La parte recurrente afirma que el interno cumple con los requisitos de tiempo mínimo, escolaridad y trabajo exigidos por el Decreto Ley 321 de 1925 para que se le conceda la libertad condicional. No obstante lo anterior, le fue denegada, por la Comisión de Libertad Condicional asilándose en requisitos que exceden aquellos que fijan el citado Decreto Ley y sus modificaciones, lo que torna dicha decisión en ilegal y arbitraria, solicitando que sea dejada sin efecto y se conceda la libertad impetrada. Se informa en representación de la Libertad Condicional adjuntando la resolución mediante la cual se rechazó conceder el beneficio al amparado. Se remite informe por Gendarmería de Chile adjuntando los antecedentes de su postulación. Por resolución de fecha 29 de abril de 2022 se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando. Primero: Que por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado: “Que, teniendo en consideración que el informe de postulación psicosocial a que se refieren los artículos 12 y 14 del Decreto N° 338, resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad, pues da cuenta que

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo en favor de Cristian Marcelo Aguilar Donoso, dejándose sin efecto la Resolución N°298-2022, de seis de abril del presente año, dictada por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso y se declara que se le reconoce el derecho al beneficio de libertad Condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y en el reglamento para su materialización. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-935-2022. En Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, dos de mayo de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Cristian Marcelo Aguilar Donoso, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso que mediante resolución N°298-2022, rechazó la postulación del amparado, solicitando que la misma sea dejada sin efecto y se le conceda la libertad condicional. De acuerdo a la info

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