SIN INFORMACION

CALDERÓN/JUZGADO GARANTIA LA SERENA

Rol

Fecha

2 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: 1°.- Que, teniendo presente que en el proceso penal, el recurso de apelación se encuentra normado por el artículo 370 del Código Procesal Penal, norma que circunscribe dicho arbitrio únicamente a aquellas resoluciones que pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y respecto de aquellas resoluciones expresamente señaladas por la ley. 2°.- Que, en ese contexto, del examen de la resolución de 1 de abril de 2022 que rechaza la aprobación del acuerdo reparatorio previamente acordado por los intervinientes en esta causa, se advierte que ella, no se encuentra dentro de ninguna de las hipótesis contempladas en el referido artículo 370. 3°.- Que, por lo tanto resulta procedente el rechazo del recurso de hecho promovido por la defensa. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 369 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Gabriel Calderón Lewin, respecto de la resolución de fecha 1 de abril de 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, regístrese y archívese, en su oportunidad Rol N° 570-2022 Penal-

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 369 y 370 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado don Gabriel Calderón Lewin, respecto de la resolución de fecha 1 de abril de 2022, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, regístrese y archívese, en su oportunidad Rol N° 570-2022 Penal-

Texto Completo (Preview)

Calderón, Lewin, Gabriel Juzgado de Garantía de La Serena Recurso de Hecho Rol N°570-2022.- La Serena, dos de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: 1°.- Que, teniendo presente que en el proceso penal, el recurso de apelación se encuentra normado por el artículo 370 del Código Procesal Penal, norma que circunscribe dicho arbitrio únicamente a aquellas resoluciones que pusieren término al procedimient

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