SIN INFORMACION

CHALLAPA/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

2 de mayo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Erica Viñales Muñoz, abogada, con domicilio en calle Madame Curie N°2362, Oficina 31, Calama, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Efraín Andrés Challapa Ramos, cédula nacional de identidad Nº17.765.852-9, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el amparado actualmente se encuentra cumpliendo condena impuesta en causa RIT 5.183-2018, impuesta por el Juzgado de Garantía de Calama, por su responsabilidad en el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, correspondiente a una pena de 5 años y dos meses de presidio mayor en su grado mínimo. Dio inicio a la condena el día 04 de septiembre de 2018 y se proyecta su cumplimiento para el 04 de septiembre de 2023.

Fallo

Por tanto, el tiempo mínimo se verificó el día 14 de febrero de 2022, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, la recurrida rechazó la postulación el catorce de abril de dos mil veintidós, al considerar que “Se puede comprobar que ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para postular al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N°321.Sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, que se ha ponderado con arreglo a la nueva redacción del Decreto Ley N°321, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia demostrativo por las situaciones que se precisan, que impiden otorgar el beneficio solicitado…” Hizo presente que la Comisión al emitir su informe no consideró que su representado si ha presentado avances significativos en su proceso de reinserción social que lo hacen merecedor del beneficio de libertad condicional. Se puede evidenciar sus hábitos laborales, ya que ha trabajado de mozo de mantención por 9 meses en el pabellón 11 y actualmente trabaja como mozo de guardia interna de manera voluntaria, ya que no percibe remuneraciones por sus funciones. En lo educacional termina su cuarto medio dentro del penal, también participó en los talleres de factores de riesgos, solamente faltando un último taller

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, dos de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Erica Viñales Muñoz, abogada, con domicilio en calle Madame Curie N°2362, Oficina 31, Calama, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Efraín Andrés Challapa Ramos, cédula nacional de identidad Nº17.765.852-9, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el bene

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