SIN INFORMACION

DARWIN GIOVANNI CABELLO ALIAGA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ROMINA RIVEROS OROZCO, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de DARWIN GIOVANNI CABELLO ALIAGA, cédula nacional de identidad N° 17.781.369-9, actualmente recluido en Centro Penitenciario Huachalalume, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional por negar la concesión de la libertad condicional al amparado, alegando que dicha decisión afecta el legítimo ejercicio de la libertad personal asegurada en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la Republica. Expone que el amparado dos condenas, la primera de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de porte de armas sujetas a control y la segunda de tres años y un día por el delito de tráfico ilícito de drogas. Da cuenta que cumple con los requisitos del D.L. 321, en tanto ha observado el tiempo mínimo de condena y su conducta al interior del penal ha sido calificada como muy buena en los últimos cuatro bimestres. Alega una infracción al D.L. 321, pues su representado cumple con todos los requisitos para optar al beneficio denegado y sin perjuicio de ello la Comisión no otorgó su libertad. Precisa, que el informe psicosocial no es realizado a profundidad y suficientemente categórico, no visualiza los avances del amparado, el tiempo que ha permanecido privado de libertad y, que solo ha mostrado avances en su proceso intrapenitenciario, demostrando que se encuentra corregido y rehabilitado para la vida social. Lo cual se contrapone con la conducta intachable que mantiene. Agrega que realizó peritaje psicológico particular por el perito Sr. Marco Aguilar Cerpa, el cual señala aspectos positivos del condenado, en cuanto a sus características de personalidad, proyecciones e intenciones de recuperar a su familia y trabajar de manera licita en el medio libre. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y en definitiva dejar sin efecto la resolución recurrida, concediendo la libertad condicional al amparado. SEGUNDO: Que, a folio 5, evacuó informe don Pedro Rojas Castro, en su calidad de juez integrante de la Comisión emplazada, señala, en lo pertinente, que “En relación al condenado DARWIN GIOVANNI CABELLO ALIAGA, cédula de identidad N° 17.781.369-9, la Comisión, con los antecedentes que tuvo a la vista, efectivamente decidió no concederle el beneficio de Libertad Condicional, conforme las razones consignadas en la RESOLUCIÓN N° 058-2022, de 08 de abril de 2022, esto es, que el condenado no cumplía con el requisito establecido en el numeral tercero del Artículo 2 del D.L. 321, según se expresa en el numeral 2° de dicha resolución.” Luego añade que “Para resolver como se hizo se tuvo presente, en especial, el contenido del Informe psicosocial elaborado por el equipo técnico de Gendarmería, quienes en sus conclusiones y en base a un análisis global del proceso de reinserción del interno, indicaron que: presenta un plan de intervención individual con proyección de participar en acti

Texto Completo (Preview)

Cabello Aliaga, Darwin Giovanni Comisión de Libertad Condicional Recurso de amparo Rol N°119-2022 La Serena, veintiocho de abril de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece ROMINA RIVEROS OROZCO, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de DARWIN GIOVANNI CABELLO ALIAGA, cédula nacional de identidad N° 17.781.369-9, actualmente recluido en Centro Peni

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