NIBALDO MATURANA SALGADO CON CECILIA AGUILERA SEPULVEDA
Rol
Fecha
28 de abril de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y se tiene presente: Que por encontrarse la parte demandada patrocinada por la Corporación de Asistencia Judicial, según consta desde la presentación de 2 de mayo de 2019, que se ha mantenido hasta la presente fecha, permite presumir la existencia de un privilegio de pobreza a su respecto, en consecuencia, no corresponde imponerle el pago de las costas de la causa en virtud de lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. Y conforme lo dispuesto en la norma antes citada y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil se revoca, en lo apelado, la resolución de veintidós de febrero del año en curso, dicada en los autos Rol C-1627-2019 por el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel, sólo en cuanto condena a la parte demandada al pago de las costas de la causa y se declara que se le exime de dicha carga. Devuélvase vía interconexión. N° 306-2022-Civil. Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con los Ministros Sra. M. Carolina Catepillán Lobos, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Sra. Celia Catalán Romero.
Fallo
se declara que se le exime de dicha carga. Devuélvase vía interconexión. N° 306-2022-Civil. Pronunciada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con los Ministros Sra. M. Carolina Catepillán Lobos, Sr. Luis Sepúlveda Coronado y Sra. Celia Catalán Romero.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el postulante Hernán Cabello. Asimismo, se deja constancia que esta audiencia inició a las 10:32 y finalizó a las 10:45 horas. San Miguel, 28 de abril de 2022. San Miguel, veintiocho de abril de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 29491: Téngase presente. Vistos y se tiene presente: Que por encontrarse la parte demandada patrocinad
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