JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ PAULINA LORETO FERNANDEZ GONZALEZ. DTE. M.P.

Rol

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estos sentenciadores concluyen que, en esta etapa del procedimiento, se encuentra justificada tanto la existencia del delito formalizado, como la participación que le ha correspondido en él a la imputada, y, asimismo, que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo para ello especialmente presente la gravedad de la pena asignada al delito, y el carácter y forma de comisión del mismo, por lo que se encuentra acreditado que se cumple con el requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, único que fue objeto de cuestionamiento por la Defensa, cuestiones todas que llevan a afirmar que, en este caso, la necesidad de cautela no se satisface con otras medidas cautelares de menor intensidad, y atendido lo dispuesto en los artículos en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del veintiuno de abril de dos mil veintidós, por el Juez (s) de Garantía de Coquimbo, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva, respecto de la imputada PAULINA LORETO FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Juan Pablo Torrijo Rojas. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 626-2022 Penal.- La Serena, veintiocho de abril de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiocho de abril de dos mil veintidós Siendo las 09:26 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Sergio Troncoso Espinoza, e integrada por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defen

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