JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE MACHALI

HDI SEGUROS S.A. CON GONZÁLEZ

Rol

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

INFRACCIÓN LEY DE TRÁNSITO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminando de su motivo los

Fundamentos

considerando octavo y noveno. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1.- Que recurre la parte demandante en contra de la sentencia definitiva dictada por la Jueza del Juzgado de Policía Local de Machalí, que rechazó la demanda civil indemnizatoria, a fin de que esta Corte acoja el mismo, en consideración a que el

Fallo

fallo recurrido dio por establecida la responsabilidad contravencional del demandado al infringir los artículos 108 y 126 de la ley 18.290, sin perjuicio de lo anterior, rechaza la demanda incoada, fundado en la circunstancia de no haber realizado una relación detallada de cada una de las piezas afectadas a consecuencia del siniestro. Señala que dichas infracciones constituyen la causa directa y necesaria de los daños sufridos por el vehículo asegurado, configurándose así la relación de causa a efecto exigida por los artículos 165 y 166 de la citada ley. Añade que si se suprime la conducta infraccional del querellado el vehículo asegurado jamás habría sido embestido y dañado en su parte trasera. Al efecto, aduce, de acuerdo a las máximas de la experiencia, que resulta ser una constante que en una colisión por alcance genere daños típicos en ciertos sectores de un vehículo. Así las cosas, concluye, que no habiendo dudas del acaecimiento del hecho dañoso, de la culpa del responsable, de la efectividad y cuantía de los daños, así como del nexo causal requerido, corresponde hacer lugar a la acción indemnizatoria. 2.- Que, para decidir la materia puesta en conocimiento de esta Corte, cabe señalar que el daño es la privación o menoscabo que experimenta una persona en si misma o en sus bienes como consecuencia del hecho ilícito de otra y que le ha lesionado un derecho subjetivo patrimonial; según lo dispone el artículo 2.314 del Código Civil. 3.- Por su parte, el artículo 165 d

Texto Completo (Preview)

Rancagua, veintiocho de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, eliminando de su motivo los considerando octavo y noveno. Y se tiene en su lugar y, además presente: 1.- Que recurre la parte demandante en contra de la sentencia definitiva dictada por la Jueza del Juzgado de Policía Local de Machalí, que rechazó la demanda civil indemnizatoria, a fin de que esta Co

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica