JUAN CARLO ALVARADO IBACETA / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
28 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Tamara Farrah Nuñez, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de Juan Carlo Alvarado Ibaceta, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de la Resolución N°305-2022 de 06 de abril de 2022, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Indica que su representado cumple la pena única de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio por los delitos de robo con fuerza en lugar habitado y de robo con intimidación. Inicia su cumplimiento del día 23 de agosto de 2013, finalizando el día 14 de junio de 2023, y registra 71 días de abono y 6 meses de rebaja de condena por comportamiento sobresaliente, por lo que su tiempo mínimo informado por Gendarmería de Chile, sin tomar en consideración el tiempo de rebaja deducido, corresponde al día 13 de febrero de 2020. Añade no obstante cumple con todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N°321 la Comisión recurrida rechazó la solicitud al exigir requisitos que claramente exceden aquellos que fijan el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, lo que torna dicha decisión en ilegal y arbitraria. Finalmente solicita se restablezca el imperio del derecho, se decrete que se reconoce el derecho del amparado a cumplir bajo el régimen de libertad condicional. A folio 4 y 8, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando los antecedentes del amparado. A folio 7, informa el Ministro de la Comisión de Libertad Condicional, acompañando los antecedentes tenidos a la vista para pronunciarse sobre la solicitud. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, por la vía de presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad la Resolución N° 305-2022 de 6 de abril de dos mil veintidós., por medio de la cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, no es ilegal pues se encuentra facultada por el artículo 5º del Decreto Ley 321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley Nº 21.124 publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, se debe tener presente que en la especie, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes del amparado proporcionados por Gendarmería de Chile, toda vez que del informe de postulación psicosocial aparece que tiene riesgo de reincidencia alto relacionado con su vinculación con pares. Asimismo, se indica que el interno consume actualmente sustancias psicotrópicas y niega los hechos que se asocian a la comisión del delito, minimizando el daño a terceros ya que se centra en necesidades personales, lo cual lo posiciona en una fase de contemplación al no lograr desarrollar un firma compromiso con el cambio. Cuarto: Que, en tal sentido, la Comisión recurrida al obrar en el ámbito de su competencia y con antecedentes suficientes para denegar el beneficio impetrado, no ha incurrido en un actuar ilegal, lo que conduce a desestimar el presente recurso de amparo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Juan Carlo Alvarado Ibaceta, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-786-2022.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de abril de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Tamara Farrah Nuñez, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de Juan Carlo Alvarado Ibaceta, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de la Res
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica