SIN INFORMACION

JORGE ALEJANDRO PEREZ CORRALES / COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

28 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Dalet Ramírez Tenorio, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de JORGE ALEJANDRO PEREZ CORRALES, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de la Resolución N°473-2022 de 08 de abril de 2022, que rechazó otorgar la libertad condicional al amparado. Indica que su representado cumple dos condenas de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo y de 541 días presidio menor en su grado medio ambos por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes, cuyo cumplimiento inició con fecha 11 de mayo de 2017 y tiene fecha de término de la misma para el día 04 de noviembre de 2022, y cumplió el tiempo mínimo para ser postulado a la libertad condicional el 08 de septiembre de 2020. Añade no obstante cumple con todos los requisitos previstos en el Decreto Ley N°321 la Comisión recurrida rechazó la solicitud al exigir requisitos que claramente exceden aquellos que fijan el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, lo que torna dicha decisión en ilegal y arbitraria. Finalmente solicita se restablezca el imperio del derecho, se decrete que se reconoce el derecho del amparado a cumplir bajo el régimen de libertad condicional. A folio 5, informa el Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, acompañando los antecedentes del amparado. A folio 8, informa el Ministro de la Comisión de Libertad Condicional, acompañando los antecedentes tenidos a la vista para pronunciarse sobre la solicitud. Se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la vía de presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad la Resolución N° 473-2022 de 8 de abril de dos mil veintidós., por medio de la cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó el beneficio de la libertad condicional al amparado. Segundo: Que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, no es ilegal pues se encuentra facultada por el artículo 5º del Decreto Ley 321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley Nº 21.124 publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, además, se debe tener presente que en la especie, la decisión de la Comisión recurrida se encuentra debidamente fundada en los antecedentes del amparado proporcionados por Gendarmería de Chile, toda vez que del informe de postulación psicosocial aparece presenta riesgo de reincidencia alto en variable educación y familia. Se agrega que mantiene personalidad antisocial con dificultades de adherencia y problematización de su conducta. Asimismo, se concluye que su postulación se percibe como una instrumentalización, toda vez que no existe un cambio real de conducta, sin mostrar proyección fuera de la comisión de delitos, lo cual lo enmarca en un estadio motivacional de pre contemplación. Cuarto: Que, en tal sentido, la Comisión recurrida al obrar en el ámbito de su competencia y con antecedentes suficientes para denegar el beneficio impetrado, no ha incurrido en un actuar ilegal, lo que conduce a desestimar el presente recurso de amparo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de JORGE ALEJANDRO PEREZ CORRALES, contra la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-806-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de abril de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Dalet Ramírez Tenorio, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de JORGE ALEJANDRO PEREZ CORRALES, quien cumple actualmente condena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, con motivo de la dictación de l

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