1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN

SALINAS/MARTIN

Rol

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

RECONOCIMIENTO FIRMA,CITACIÓN Y CONFESIÓN DE DEUDA

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de diciembre de dos mil veintiuno. Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Gallardo, quien fue de parecer revocar la resolución en alzada y dar lugar íntegramente al petitorio del apelante, pues de conformidad a lo dispuesto en el artículo 436 en relación al 442 del Código de Procedimiento Civil, el juez solo puede denegar la ejecución en la hipótesis que contempla la segunda de las normas citadas, lo cual no acontece en la especie. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. N°Civil-437-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan Chillán, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de diciembre de dos mil veintiuno. Acordado con el voto en contra de la Ministra señora Gallardo, quien fue de parecer revocar la resolución en alzada y dar

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