ALCANTARA TORRES LUIS GERARDO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Juan Carlos Bascuñán Lizana, interpone acción constitucional de amparo en favor de Luis Gerardo Alcántara Torres, en contra de la Policía de Investigaciones y del Servicio Nacional de Migraciones El amparado es de nacionalidad venezolana y obtuvo Visa Temporaria Profesional el 6 de marzo de 2019 con una vigencia de 1 año. El 17 de diciembre de 2019 solicitó una prórroga de su visa temporaria pero fue rechazada por vencimiento de algunos documentos y atendido el tiempo transcurrido sin respuesta, solicitó una de permanencia definitiva. El 28 de agosto de 2021 inició proceso de regularización del artículo transitorio 8° de la ley 21.325, el cual fue admitido a tramitación ese mismo día a través de la Resolución Exenta N° 21133753, informándosele lo siguiente: “1. TÉNGASE POR DESISTIDO, de todo trámite pendiente en materia migratoria presentado por el extranjero, Luis Gerardo Alcantara Torres, ante este Departamento de Extranjería y Migración y/o sus Gobernaciones Provinciales, para efectos de postular al proceso de regularización contemplado en el artículo 8° transitorio la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería. 2. ARCHÍVESE, todo trámite actualmente desistido ante este Departamento de Extranjería y Migración y/o sus Gobernaciones Provinciales, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 4) de la Resolución Exenta N°1769 de 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Interior. 3. TRAMÍTASE la solicitud de regularización presentada por el extranjero ya individualizado, de acuerdo a lo contemplado en el numeral 2) de la Resolución Exenta N° 1769 de 20 de abril de 2021, de la Subsecretaría del Interior. 4. OTÓRGUESE permiso de trabajo, mientras la postulación se encuentre en trámite, para efectuar labores remuneradas lícitas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2) de la Resolución Exenta N°1769, de fecha 20 de abril de 2021 de la Subsecretaría del Interior, que Aprueba Proceso de Regularización contemplado en el ar
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C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Al folio 21, téngase presente. A sus antecedentes el documento acompañado. Al folio 22: a lo principal, téngase presente. Al otrosí, como se pide. Al folio 23: a lo principal y al primer otrosí, estése a lo que se resolverá. Al segundo otrosí, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado Juan Carlos Bascuñ
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