TANIA KARINA ARRIECHE GIL / DELEGACIÓN PRESIDENCIAL REGIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se deduce acción de amparo en favor de Tania Karina Arrieche Gil contra de la Delegación Presidencial de Valparaíso, por la resolución exenta N° 4539 de fecha 04 de octubre del 2021, mediante la cual se decreta la expulsión del territorio nacional de la amparada. Refiere que ingresa al país por lugar no habilitado y que actualmente se encuentra radicada en la comuna de los Andes, junto con su grupo familiar. Agrega que se auto denunció, y que con fecha 14 de abril de 2022 que le fue notificada la resolución de expulsión, señala que ha cumplido cabalmente con su obligación de informar cualquier cambio de domicilio y de firmar oportunamente el libro de control de extranjeros infractores de ley de extranjería. Arguye que actualmente mantiene ofertas de trabajo, sin embargo, requiere acceder a la regulación de su situación migratoria; cuestión que se ve impedida mediante el decreto de expulsión. Indica que la amparada es una persona capaz, y que no se encuentra dentro de las causales que impidan su ingreso al territorio nacional, por lo que cumpliría con los requisitos para regularizar su situación y obtener una visa que autorice su permanencia en nuestro país. Finaliza previa citas legales, solicitando que se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 4539, dictada por la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso con fecha 04 de octubre del 2021, la que fuera notificada el día 14 de abril del 2022. A folio 4, informa doña Katherine Pamela Molina Torres, abogada de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, solicitando que el recurso de amparo deducido por la recurrente sea rechazado. Refiere que mediante la resolución exenta N° 4539 de fecha 4 de octubre de 2021, se procede a la expulsión del territorio nacional de la ciudadana de nacionalidad venezolana amparada, por los
Fundamentos
motivos que allí se expone; y que dicha expulsión se funda en el informe policial N° 122 del 28 de enero de 2021, de la Policía de Investigaciones de Chile, Departamento de Extranjería Policía Internacional de la Prefectura de Los Andes, que en su parte sustantiva, indica que la persona antes individualizada, ingresó al país en forma clandestina evadiendo todo tipo de control migratorio, ya que no sabía si lo dejarían ingresar a Chile; y finalmente, que dicha Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, realizó la denuncia a Fiscalía Local de Valparaíso por infracción a la ley de Extranjería y su Reglamento, de la cual, posteriormente se desistió, cumpliendo así, con el procedimiento establecido en los artículos 78 y 158 de la Ley de Extranjería y su Reglamento. Luego, y previas citas legales, indica que, la autoridad regional procedió a la expulsión conforme a las nomas que lo facultan para ello, y dentro del ámbito de sus competencias, con apego estricto a las normas del ordenamiento jurídico que se encontraban vigentes a la fecha de la dictación del acto administrativo. A folio 5, informa la Prefectura Provincial de Los Andes de la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que consultado la amparada registra expulsión vigente del territorio nacional, dictado mediante la resolución exenta N° 4539 de fecha 4 de octubre de 2021 de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, y sujeto a medida de control de firma ante la autoridad, por infracción al Artículo 69 de la Ley de Extranjería. Agrega que la amparada fue notificada de con fecha 14 de abril de 2021. A folio 6, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, mediante el presente recurso, se persigue dejar sin efecto la resolución exenta de la Delegación Presidencial Regional de Valparaíso, que decreta la expulsión de la amparada del territorio nacional por ingreso clandestino. Segundo: Que el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094 disponía que “los extranjeros que ingresen al país clandestinamente serán sancionados con la pena de presidio menor en su grado máximo y que cumplida ésta, serán expulsados del territorio nacional, por lo que resulta necesario, para decretar la expulsión de aquellos que han ingresado clandestinamente al territorio nacional, que sean condenados por sentencia ejecutoriada y que hayan cumplido la pena que les fue impuesta”, cuyo no es el caso de autos. Tercero: Que, en el informe de la Delegación Presidencial de la Región de Valparaíso, se indica que se presentó requerimiento en contra de la amparada y que se desistió del mismo, de manera que no se cumple el supuesto establecido el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094, para decretar la expulsión de los amparados del territorio nacional. Cuarto: Que no obstante el inciso final del artículo 146 del Reglamento de Extranjería, en relación al artículo 158 del mismo cuerpo normativo, permite también disponer la expulsión del extranjero que hubiese obtenido su libert
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo interpuesto en favor de Tania Karina Arrieche Gil, en contra de la Delegación Presidencial de Valparaíso y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°4539 de fecha 04 de octubre del 2021, la que dispuso la expulsión de la amparada del territorio nacional. Se previene que el Ministro Sr. Gómez, concurre al acuerdo, solo considerando lo expuesto en el motivo quinto de la presente sentencia. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-735-2022. En Valparaíso, veintisiete de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1, se deduce acción de amparo en favor de Tania Karina Arrieche Gil contra de la Delegación Presidencial de Valparaíso, por la resolución exenta N° 4539 de fecha 04 de octubre del 2021, mediante la cual se decreta la expulsión del territorio nacional de la amparada. Refiere que ingresa al país por lugar no h
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