SIN INFORMACION

OLIVARES/JUZGADO DE LETRAS DE MOLINA

Rol

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/COMUNICAR

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Hechos

VISTO: Con fecha 02 de junio de 2021, don Gonzalo Eduardo Baeza Ruz, abogado, por la demandante, en causa Rol C-733-2018, tramitada ante el Juzgado de Letras de Molina, interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 27 de mayo de 2021, que negó lugar a recurso de apelación presentado en forma subsidiaria. Manifiesta que con fecha 19 de mayo de 2021 se acogió incidente de abandono del procedimiento solicitado por la parte demandada y se condenó en costas a la demandante por haber sido totalmente vencida. Ante ello, el 24 del mismo mes, su parte presentó recurso de reposición, apelando en subsidio, con el fin de obtener la enmienda de la resolución en el sentido de no dar lugar al abandono del procedimiento. El 27 de mayo el tribunal decidió rechazar la petición atendido que la resolución que falla el abandono del procedimiento es una sentencia interlocutoria y que, por lo tanto, no procede en contra de ésta la interposición de recurso de reposición según lo establecido en el artículo 181 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a la apelación en subsidio, se resolvió no dar lugar por tratarse de una resolución apelable solo en la forma señalada en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y no dándose el caso de apelación subsidiaria del artículo 188 del Código ya señalado. Agrega el recurrente que, si bien puede rechazarse la reposición, no existen

Fundamentos

motivos sostenibles para no haber concedido el recurso de apelación, ya que por economía procesal deben de presentarse las peticiones en un mismo escrito, las que pueden ser subsidiarias una de la otra, siendo que lo solicitado por esa parte, tanto en el recurso de reposición como en la apelación subsidiaria, fue la enmienda de la resolución de fecha 19 de mayo de 2021, la que se denegó en la reposición principal, pero debiendo acoger la apelación subsidiaria, ya que no se trata de una resolución que la ley prohíbe su apelación, causando indefensión al compareciente. Solicita tener por deducido recurso de hecho en contra de la resolución mencionada; y, previo informe del Tribunal a quo, declarar que procede la apelación denegada, pedir la remisión del expediente y retener los autos para la tramitación y el

Fallo

fallo del recurso de apelación interpuesto, todo lo cual pide se acoja, con costas en caso de oposición. Con fecha 04 de junio de 2021 informó doña Paula Roca Berrocal, Jueza Titular del Juzgado de Letras de Molina, exponiendo que con fecha 24 de mayo de 2021 el abogado de la parte demandante, don Gonzalo Eduardo Baeza Ruz, interpone recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la resolución que acoge el incidente de abandono del procedimiento. Agrega que, con fecha 27 de mayo de 2021 se rechazó el recurso de reposición interpuesto, puesto que, al ser la resolución recurrida una sentencia interlocutoria, no procede respecto de ésta el recurso de reposición; y, rechazó el recurso de apelación interpuesto en subsidio por no haberse interpuesto de forma directa. Aduce que la resolución es apelable solo según lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil y no se da el caso de la apelación subsidiaria del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Así, a juicio de la informante, el demandado debió interponer el recurso de apelación en contra de la resolución dictada por este Tribunal con fecha 19 de mayo de 2021, sin una reposición que lo anteceda. CONSIDERANDO: Primero: El recurso de apelación en que incide el presente recurso de hecho, se interpuso con fecha 24 de mayo de 2021 en contra de resolución de fecha 19 del mismo mes, esto es, dentro de plazo establecido en el Art. 189 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: La naturaleza ju

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Rol de Ingreso: N° 518-2021 / Civil, Recurso Hecho Carátula: “Olivares con Juzgado Letras Molina” _____________________________________________________________________ Talca, veintisiete de abril de dos mil veintidós. VISTO: Con fecha 02 de junio de 2021, don Gonzalo Eduardo Baeza Ruz, abogado, por la demandante, en causa Rol C-733-2018, tramitada ante el Juzgado de Letras de Molina, interpone re

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