SALAZAR/NÚÑEZ
Rol
C-40-2019
Fecha
24 de abril de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los argumentos esgrimidos por la parte ejecutante, teniendo presente que el cumplimiento de la sentencia de autos pasa por el pago de una suma de dinero determinada, y que además la regla tercera del artículo 235 del Código de Procedimiento Civil, faculta para proceder a la realización de los bienes que se encuentren garantizando el resultado de la acción de conformidad al Título V del libro II de dicho Código, la que resulta aplicable a este procedimiento de ejecución laboral en virtud del inciso final del artículo 471 del Código del Trabajo; SE RESUELVE: HA LUGAR al recurso de reposición incoado por la parte ejecutante, con fecha 06 de abril del presente. DÉJESE SIN EFECTO lo resuelto a lo principal, primer segundo y tercer otrosíes de resolución del 03 del mismo mes y año, proveyendo en su lugar A lo principal, primer, segundo y tercer otrosí: Que, en atención a que la propiedad a rematar consiste en acciones y derechos correspondientes al demandado Gabriel del Rosario Núñez Barrera, previo a resolver, acompáñese título de inscripción, y certificado de hipotecas y gravámenes e interdicciones y prohibiciones de enajenar, con vigencia del inmueble sobre el que recaerá la subasta; dentro de décimo día, bajo apercibimiento de tener por no presentada su solicitud. RIT: C-40-2019 RUC: 18-4-0140643-K En Constitución a veinticuatro de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /cll 2020-04-24T06:39:04-0400 2020-04-24T19:00:22-0400
Fallo
SE RESUELVE: HA LUGAR al recurso de reposición incoado por la parte ejecutante, con fecha 06 de abril del presente. DÉJESE SIN EFECTO lo resuelto a lo principal, primer segundo y tercer otrosíes de resolución del 03 del mismo mes y año, proveyendo en su lugar A lo principal, primer, segundo y tercer otrosí: Que, en atención a que la propiedad a rematar consiste en acciones y derechos correspondientes al demandado Gabriel del Rosario Núñez Barrera, previo a resolver, acompáñese título de inscripción, y certificado de hipotecas y gravámenes e interdicciones y prohibiciones de enajenar, con vigencia del inmueble sobre el que recaerá la subasta; dentro de décimo día, bajo apercibimiento de tener por no presentada su solicitud. RIT: C-40-2019 RUC: 18-4-0140643-K En Constitución a veinticuatro de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. /cll 2020-04-24T06:39:04-0400 2020-04-24T19:00:22-0400
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EXRNPXYTHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de abril de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Is
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