AREHANYS SALAYA SENIOR / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
27 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 21 de marzo de 2022 comparece el habilitado en derecho don Mauricio Canales Roa en nombre de los ciudadanos venezolanos doña Arehanys Cristina Salaya Senior y los menores de 9 y 10 años José Alejandro González Salaya y José Jesús González Salaya, domiciliados en Departamental 950, departamento 1105, San Miguel, para recurrir de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones, domiciliado en San Antonio 580, 6º Piso, Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal, arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales consagrados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la permanencia definitiva solicitada el 30 de diciembre de 2019, respecto de la que sólo obtuvo el 16 de noviembre de 2021 una notificación en que se le requirió subsanar ciertas observaciones dentro de quinto día hábil, lo que pretendió cumplir el 21 de dicho mes y año mediante la presentación de una nueva solicitud, que tampoco ha sido resuelta. Denuncia que dicho obrar se verificó respecto de las permanencias definitivas solicitadas el 3 de enero de 2020 a favor de sus hijos, cuya subsanación intentó el 4 de noviembre de 2020 mediante el ingreso de una nueva solicitud que no ha sido objeto de pronunciamiento de la autoridad recurrida. Estima, en consecuencia, que se transgredió los artículos 4, 7, 9, 14, 17 letra a), 24 y 27 de la Ley 19.880 y pide, en definitiva, que se acoja con costas el recurso y se ordene al organismo recurrido resolver sin más trámite las solicitudes de permanencia definitiva mediante el pronunciamiento que en derecho corresponda, sin superar 15 días hábiles para la entrega de sus respectivos certificados. Segundo: Que se prescindió del informe del organismo recurrido tras aplicarse el apercibimiento efectuado al declararse admisible el recurso. Sin perjuicio de ello, el abogado don Gabriel Ignacio Silva-Riesco Silva hace presente que las solicitudes están
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San Miguel, veintisiete de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 21 de marzo de 2022 comparece el habilitado en derecho don Mauricio Canales Roa en nombre de los ciudadanos venezolanos doña Arehanys Cristina Salaya Senior y los menores de 9 y 10 años José Alejandro González Salaya y José Jesús González Salaya, domiciliados en Departamental 950, departamento 1105,
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