LOBOS GARCIA CLAUDIO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de amparo Valeska Orellana Córdova, abogada, por Claudio Andrés Lobos García, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de Comisión de Libertad Condicional por rechazar la concesión del beneficio indicado, vulnerando su libertad y seguridad individual. Solicita acoger la presente acción, ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho, dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le concede dicha libertad. En cuanto a los antecedentes que fundan su recurso, señala que su representado se encuentra cumpliendo la pena de 5 años, por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas (art. 5), impuesta por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, RIT: 2522-2015; 4 años y 1 día, por el delito de Tráfico de Pequeñas Cantidades (art. 4), impuesta por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago, RIT: 8773-2017, RUC: 1700157380-2., registrando como fecha de inicio de condena el día 14 de marzo de 2015, estimándose como fecha de término el 17 de marzo de 2024; cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad Condicional el día 17 de marzo de 2021. Agrega que asimismo cumple con el requisito de conducta, siendo calificado invariablemente con MUY BUENA conducta desde el bimestre enero/febrero del año 2021. Refiere que el amparado ha desarrollado en general en todas las labores en que se requiere su cooperación y tendientes a su reinserción social, trabaja activamente con personal de Gendarmería, manteniendo conducta laboral Muy Buena, desde el bimestre enero-febrero del año 2020, que se encuentra eximido de sus estudios, sin embargo ha realizado labores como peluquero, participó en el mejoramiento de la infraestructura y la habitabilidad de la dependencia, siendo mozo de aseo y se desempeñó en el taller de Madera, realizando diversos trabajos en madera. Sostiene que el acto es ilegal toda vez que no se ha dado respeto a l
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo y artículo 2 N° 3 del D.L. 321 de 1925, sobre Libertad Condicional, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Claudio Andrés Lobos García en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1052-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por el Ministro señor Tomás Gray Gariazzo, e integrada, además, por el Ministro (S) señor Rodrigo Ignacio Carvajal Schnettler y el abogado integrante señor José Ramón Gutiérrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, recurre de amparo Valeska Orellana Córdova, abogada, por Claudio Andrés Lobos García, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de Comisión de Libertad Condicional por rechazar la concesión del beneficio indicado, vulnerando su libertad y
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica