SIN INFORMACION

NUÑEZ/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: que con fecha 1 de septiembre de 2021, se dedujo acción de protección en favor de Carmen Misley Nuñez Roa, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 26 de mayo de 2021, por impedir dicha omisión el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política. Solicita en definitiva se acoja el recurso, ordenando a la recurrida que pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Expone que en la fecha indicada, solicito el beneficio de permanencia definitiva. En la misma fecha realizó el cálculo y pago de multa correspondiente, según constan en comprobante de pago, que se acompañan al primer otrosí de esta presentación. Sin embargo, a la fecha no le ha sido liberada la orden de pago del beneficio migratorio solicitado, siendo este un prerrequisito para que el recurrido se pronuncie sobre la solicitud realizada por el recurrido Segundo: Que al evacuar su informe, la recurrida solicitó el rechazo de la acción. Manifestó que, con fecha 02 de septiembre de 2019 la extranjera solicita ante esta autoridad permiso de permanencia definitiva bajo el N° 1013054. Luego, mediante Comunicación electrónica N° 5625304 de fecha 08 de mayo de 2020 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se informó al extranjero que su solicitud se encontraba incompleta o insuficiente, solicitando Certificado de Antecedentes del país de origen, esto, dentro del plazo de 5 días hábiles. La recurrente subsanó su solicitud acompañando la documentación solicitada por esta autoridad, cuyo análisis está en proceso a la fecha. A consecuencia de lo anteriormente señalado, estando en tr

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, la acción constitucional interpuesta, en favor de Carmen Misley Nuñez Roa, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se dispone que la recurrida deberá, dentro del plazo de 30 días, emitir pronunciamiento, y si correspondiere seguir adelante con la tramitación administrativa y resolver en el más breve plazo, la solicitud de permanencia definitiva realizada por el recurrente, con estricto apego a los principios establecidos en la Ley N° 19.880. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-38110-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: que con fecha 1 de septiembre de 2021, se dedujo acción de protección en favor de Carmen Misley Nuñez Roa, de nacionalidad venezolana, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria en el pro

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