HENRY LOPEZ QUINTEROS / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE
Rol
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Primero: Que los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo interponen recurso de protección en favor de don Henry David López Quinteros, de nacionalidad ecuatoriana, cédula de identidad 25.841.181-1, domiciliado en Calle Domingo Santa Cruz 3815, comuna de Puente Alto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la ilegalidad y arbitrariedad al omitir pronunciamiento respecto de la solicitud de permanencia definitiva presentada el 12 de noviembre de 2020. Exponen que una vez ingresada la solicitud, solo después de dos años la recurrida ordenó subsanar los siguientes antecedentes: i. Certificado de antecedentes del país de origen por estar sin legalizar o apostillado; ii. Cédula de identidad por no contener la información necesaria. iii. Copia del contrato actual sin la información necesaria. Explican que los 3 documentos observados fueron enviados de manera adjunta a la solicitud inicial, no obstante, don Henry David López Quinteros adjuntó nuevamente el certificado de antecedentes penales y copia del contrato actual. Con respecto, al carnet de identidad, no fue posible enviarlo ya que como consecuencia de la excesiva demora en la tramitación de la permanencia definitiva por parte de la recurrida, se terminó venciendo sin posibilidad de renovarlo. Recalca que ya ha transcurrido más de un año y medio sin respuesta de parte de la recurrida. Sostienen que debido a la omisión arbitraria e ilegal por parte de la autoridad migratoria, se ha vulnerado su derecho a la integridad psíquica, u libertad de trabajo, su derecho de propiedad y se ha visto afectado el principio de igualdad respecto del recurrente. Añade que no se han observado los principios de celeridad y de economía procedimental que informan el actuar de los órganos de la Administración del Estado, desde que se ha excedido el plazo de seis meses establecido en el artículo 27 de la Ley N° 19.880. Piden se declare
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San Miguel, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Primero: Que los abogados John Andy Flen Rettig y Franco Aldo Brunetti Arredondo interponen recurso de protección en favor de don Henry David López Quinteros, de nacionalidad ecuatoriana, cédula de identidad 25.841.181-1, domiciliado en Calle Domingo Santa Cruz 3815, comuna de Puente Alto, en contra del Servicio Nacional de Migraciones
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