SIN INFORMACION

VEGA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, recurre de protección Ana Elizabeth Vega García, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento respecto a solicitud de permanencia definitiva. Omisión ilegal y arbitraria que le acarrea una grave privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales que el Artículo 19 de la Constitución Política de la República asegura a toda persona en su numeral 2° (igualdad ante la ley) , en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 19.880. Explica que es de nacionalidad venezolana, ingresó al país en calidad de de turista, cambiando luego su condición migratoria de residente temporario por Visa Temporal, ingresando a continuación solicitud de permanencia definitiva con fecha 08 de marzo de 2020, sin que, a la fecha su presentación haya sido resuelta. Añade que se le solicitó por la recurrida subsanar documentos lo que fueron acompañados por éste con fecha 02 de marzo de 2021 pero que no obstante aquello no ha recibido ninguna respuesta ni se ha librado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado. Previas citas legales y constitucionales, pide se adopten las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y, en especial, le sea otorgada a la brevedad una decisión de permanencia definitiva en el país.- Segundo: Que, informando Javier Esteban Muñoz Reyes, abogado por el Departamento de Extranjería y Migración, pidió el rechazo del recurso de protección al no configurarse los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición, al no existir acto u omisión de su representada que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de alguna de las garantías consagradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Con fecha 08 de marzo de 2020 la recurrente solicita permiso de permanencia definitiva, y que, mediante comunicación electrónica de fecha 26 de febrero de 2021, se le informó que su solicitud estaba incompleta debiendo acompañar copia del contrato de trabajo que tuviera la información necesaria, cumpliendo con aquello el recurrente, por lo que su solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en trámite en etapa de admisibilidad. Por lo anterior y encontrándose el recurrente en situación migratoria regular en el territorio nacional, sin que exista en consecuencia un acto que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, no puede atribuirse a la informante vulneración de garantías fundamentales, por cuanto su actuación se ha enmarcado con estricto apego a la Constitución y a las leyes que rigen la materia, toda vez que la solicitud del recurrente se encuentra actualmente en tramitación. Con fecha 26 de abril de 2022, se compleme

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, el recurso de protección interpuesto por la actora doña Ana Elizabeth Vega García, sin costas. Regístrese y comuníquese. N°Protección-39065-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Al folio N° 18: a lo principal, téngase presente; al otrosí, a sus antecedentes. Al folio N° 19: a lo principal, primer y tercer otrosíes, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, recurre de protección Ana Elizabeth Vega García, en contra del Departamento de Extranjería y Migrac

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