SIN INFORMACION

ARTEAGA VELASQUEZ JUDITH MARIA/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en nombre de Judith María Arteaga Velásquez, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el acto arbitrario e ilegal que vulnera el derecho a la libertad personal de la amparada, consagrado en el artículo 19 N° 7 del texto constitucional, toda vez que le impide hacer ingreso a nuestro país. Señala que la recurrente, de nacionalidad venezolana, actualmente reside en Venezuela, y es madre de Wendy Daymara Millán Arteaga, venezolana, quien reside en Chile, encontrándose actualmente con solicitud de permanencia definitiva en trámite. Que las intenciones de su hija desde que llegó a Chile, era poder traer a su madre, desde Venezuela y poder ofrecerle las condiciones necesarias para su desenvolvimiento como persona y como familia. Refiere que la amparada inició su solicitud de visa de responsabilidad democrática con fecha 16 de marzo del año 2020, cumpliendo con todos los requisitos y documentos solicitados, siendo recepcionada de forma satisfactoria. Posteriormente con fecha 07 de abril del año 2020 se le informo por la Oficina de Atención Consular de la cita para la respectiva entrega de documentos presencial ante el Consulado General de Chile en Caracas, programada para el día 23 de noviembre del año 2020. Sin embargo, el día 11 de noviembre de 2020 la amparada recibió un correo electrónico, de carácter masivo de parte de la Cancillería de Chile en el cual se le informó que, debido a la prolongación del cierre de fronteras por la pandemia del coronavirus y a que se había excedido el plazo máximo para la finalización del procedimiento administrativo, la autoridad había decidido dictar acto terminal de todos los trámites de solicitud de visa de responsabilidad democrática y, en consecuencia, rechazar todas las solicitudes de visa de responsabilidad democrática pendientes. Precisa que la solución entregada por Cancillería para en

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido por Judith María Arteaga Velásquez, en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores. Sin perjuicio de lo anterior, y en virtud del principio de celeridad administrativa, cumpla la recurrida con tramitar y concluir la solicitud de regularización migratoria de la recurrente en un plazo razonable. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte N° Amp-1183-2022

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Claudio Quiroga Hinojosa, abogado, en nombre de Judith María Arteaga Velásquez, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el acto arbitrario e ilegal que vulnera el derecho a la libertad personal de la amparada, consagrad

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica