SIN INFORMACION

NAZARENO/INMOBILIARIA SAN IGNACIO S.A

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece don Donald Erik Nazareno, e interpone recurso de protección en contra de Inmobiliaria San Ignacio S.A. Señala que el 28 de septiembre de 2021, se presentó a su domicilio, un carabinero informándole que habían lanzamientos a los departamentos en el condominio San Ignacio, Edificio Eucaliptus, de la comuna de Lo Prado. Que los vecinos le pidieron que les muestre alguna documentación sobre los desalojo y él dijo que no llevaba esa documentación y que les aviso “en buena onda”, para que nos los dejaran en la calle. Afirma que nunca ha tenido conocimiento del término de contrato de arriendo, o alguna causa que esté a su nombre ni tampoco del desalojo, ni por parte de la Inmobiliaria San Ignacio S.A., dueña de los departamentos y tampoco de un receptor judicial e ignora qué procesos se están llevando a cabo, ya que no ha llegado ninguna notificación a su domicilio ni al de sus vecinos. Da cuenta de otros recurso de protecciones interpuestos por sus vecinos en los cuales se concedió orden de no innovar (Marcia Sulai Toscano Mejia, en ingreso N°35624-2021 y Fabián Micolta, en ingreso 38811-2021, en contra de la INMOBILIARIA SAN IGNACIO S.A.). Sostiene que en su domicilio viven 5 personas, las cuales singulariza. Estima vulnerada la garantía constitucional del artículo 19 Nº3 de la Constitución Política, expresamente protegido por el artículo 20 del mismo texto. Solicita se adopten las providencias necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Informando el recurso, comparecen José Álvaro Pizarro Borgoño y Francisca Cecilia Pizarro Sagüés, abogados, en representación convencional de la recurrida Inmobiliaria San Ignacio S.A. Refieren que el 21 de enero de 2013, Sonia Inés Araya Leyton como arrendataria, celebró un contrato de arrendamiento con su representada, como arrendadora. Relatan que el 16 de noviembre de 2020 su representada demandó a la referida arrendataria la terminación del contrato de arrendamiento por no pago de rentas, restitución del inmueble arrendado, y cobro de rentas y demás prestaciones; y en subsidio demandó el desahucio del contrato de arrendamiento y manifestó su voluntad de no perseverar en él, juicio que se siguió ante el 23º Juzgado Civil de Santiago, autos rol C-17.178-2020. Agregan que el 30 de marzo de 2021 se dictó la sentencia definitiva que acogió la demanda y declaró terminado dicho contrato de arrendamiento, la que se notificó por cédula a la demandada el 20 de abril de 2021, y el 11 de mayo de 2021 se certificó que dicha sentencia se encuentra ejecutoriada. Consignan que por resolución de 20 de mayo de 2021 se decretó el cumplimiento incidental del fallo, con citación, lo que se notificó a la demandada por cédula el 10 de junio de 2021, y el 19 de junio de 2021 compareció Donald Erik Nazareno, recurrente de autos, quien se hace parte en la causa y dentro de la citación conferida para el cumplimiento incidental de la sentencia definitiva, opone la excepción

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre tramitación del recurso de protección, se rechaza, el arbitrio deducido en la petición principal de la presentación de fecha cinco de octubre de dos mil veintiuno, en favor Donald Erik Nazareno, y en contra de Inmobiliaria San Ignacio S.A.- Redacción del ministro suplente Sergio Córdova Alarcón. No firma la abogada integrante Latorre, no obstante concurrir a la vista de la causa y del acuerdo, por encontrarse ausente. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 39.584-2021 (Protección).

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que, comparece don Donald Erik Nazareno, e interpone recurso de protección en contra de Inmobiliaria San Ignacio S.A. Señala que el 28 de septiembre de 2021, se presentó a su domicilio, un carabinero informándole que habían lanzamientos a los departamentos en el condominio San Ignacio, Edificio Eucaliptus, de la c

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