BRAZOBAN MARTE SANTA; BRAZOBAN ADONIS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE. PRIMERO: Comparece Karen Díaz Obregón, abogada, en nombre de Santa Brazoban Marte y de su hijo Adonis Brazoban, de 13 años de edad, ambos de nacionalidad dominicana, interponiendo recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior, por privar y/o perturbar en forma ilegal y arbitraria la libertad ambulatoria de los amparados. Explica que Santa Brazoban solicitó el 3 de septiembre de 2020, su permanencia definitiva, sin embargo, aun cuando ya presentó toda la documentación solicitada, solo se ha reportado un avance del 74%, superando con creces el plazo establecido en el artículo 27 de la Ley N°19.880 por parte de la autoridad migratoria, alegando que, las restricciones a la movilidad impuestas por la autoridad producto de la contingencia sanitaria, no puede afectar a la tramitación de solicitudes, atendido que el proceso se realiza 100% online. Añade que la amparada, teniendo residencia regular en el país, contando con estabilidad en el mismo, solicitó al Cónsul de Chile en Santo Domingo, visa de residente estudiante para su hijo Adonis el 17 de noviembre de 2021, sin embargo, su solicitud fue rechazada el 4 de febrero de 2022, mediante Resolución Exenta N°29/22, indicándose como único fundamento, que la madre solicitante no cuenta con visa vigente, por lo que el estado migratorio de la titular, no cumpliría con los requisitos, lo que hace más reprochable aún la omisión del Servicio Nacional de Migraciones, alegando además que de esta última decisión no fue notificada en la forma legal, enterándose mediante correo electrónico, solicitando que se le tuviera notificada tácitamente y así ejercer los recursos administrativos correspondientes, sin embargo, no hubo pronunciamiento de lo anterior por parte de la autoridad consular y realizando la misma presentación en forma material, la misma no fue recibida atendido que la solicitud de vis
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge la acción constitucional interpuesta, por la abogada Karen Díaz Obregón, en favor de los amparados Santa Brazoban Marte y su hijo Adonis Brazoban, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Dirección General de Asuntos Consulares y a objeto de restablecer el imperio del derecho, se ordena: a).- Al Servicio Nacional de Migraciones, que dentro de un plazo de quince días gire los derechos que corresponde pagar a la actora por el trámite en cuestión y, verificado dicha actuación, resolver dentro del mismo término su solicitud de permanencia definitiva, efectuándole de inmediato la notificación legal de la respectiva decisión; b).- Al Consulado de Chile en Santo Domingo, que retrotraiga el trámite de solicitud de visa de estudiante del niño Adonis Brazoban, a la etapa de estudiar la admisibilidad de la misma, teniendo en consideración que conforme al principio pro homine, corresponde aplicar a su respecto el inciso segundo del artículo 41 de la Ley 21.325. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1083-2022. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiséis
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 13 y 15: Téngase presente. Proveyendo el escrito folio 14: A lo principal y primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: A sus antecedentes. VISTO Y TENIENDO ADEMAS PRESENTE. PRIMERO: Comparece Karen Díaz Obregón, abogada, en nombre de Santa Brazoban Marte y de su hijo Adonis Brazoban, de 13
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