JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUREN

VERA/GARCÍA

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Se reproduce la resolución apelada, con excepción de su

Fundamentos

considerando sexto y parte resolutiva que se eliminan. Y teniendo además presente: Que la última notificación de la resolución que recibe la causa a prueba se verificó en forma tácita, con fecha 07 de enero de 2022, al presentarse lista de testigos por la parte demandante, actuación que denota conocimiento de la resolución notificada en los términos del artículo 55 del Código de Procedimiento, por lo que a partir de dicha fecha se inició el término probatorio, el cual concluyó con fecha 24 de enero del año en curso. Así las cosas, al rendirse la prueba testimonial de la parte demandante con fecha 27 de enero de 2022, lo ha sido fuera del término legal, existiendo efectivamente el vicio invocado por el incidentista, por lo que se acogerá la nulidad procesal peticionada como se dirá. Por consiguiente, SE REVOCA la resolución apelada de fecha diecisiete de febrero de dos mil veintidós, la que se deja sin efecto, y en su lugar

Fallo

se resuelve que se acoge el incidente de nulidad procesal interpuesto por la parte demandada, declarándose nula la prueba testimonial rendida por la parte demandante con fecha 27 de enero de 2022. Devuélvase. N°Civil-324-2022. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiséis de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la resolución apelada, con excepción de su considerando sexto y parte resolutiva que se eliminan. Y teniendo además presente: Que la última notificación de la resolución que recibe la causa a prueba se verificó en forma tácita, con fecha 07 de enero de 2022, al presentarse lista de testigos por la parte demanda

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