OROZCO/DIRECCIÓN NACIONAL GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE/INTERPUESTO RECURSO DE A
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de amparo. Informe el recurrido “Complejo Penitenciario de Valparaíso”, dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Asimismo, requiérase informe a “Gendarmería de Chile – Dirección Regional de la Región de Valparaíso” a fin que informe dentro del mismo plazo al tenor del recurso deducido, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para su correcta inteligencia y resolución. Acompáñese copia de las piezas pertinentes. Requiérase informe por la vía más expedita. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto en lo principal. Al segundo otrosí: Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada. Comuníquese por la vía más rápida. Al tercer otrosí: Téngase presente lo que en derecho corresponda. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. N°Protección-48114-2022.
Fallo
se declara inhabilitado para entrar al conocimiento de la presente causa, por la causal contenida en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, en su vertiente del debido proceso, que garantiza la imparcialidad del juzgador, por relación de parentesco con doña Pía Gómez Riquelme, quien ejerce funciones en Gendarmería de Chile. Marjorie Zuleta Amador Relatora de Cuenta Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veintidós. Proveyendo a folio N° 1 Ingreso recurso: Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de amparo. Informe el recurrido “Complejo Penitenciario de Valparaíso”, dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Asimismo, requiérase informe a “Gendarmería de Chile – Dirección Regional de la Región de Valparaíso” a fin que informe dentro del mismo pla
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ecv C.A. de Valparaíso CERTIFICO: Que el Ministro Sr. Gómez, se declara inhabilitado para entrar al conocimiento de la presente causa, por la causal contenida en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental, en su vertiente del debido proceso, que garantiza la imparcialidad del juzgador, por relación de parentesco con doña Pía Gómez Riquelme, quien ejerce funciones en Gendarmería de Chile. Marjori
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