DÍAZ/14° JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO (LTE) A LA VISTA ING. CORTE N° 3468-2022.
Rol
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 19 de marzo del año en curso, compareció Marisa Navarrete Novoa, abogada, por la parte demandante, en causa seguida ante el 14° Juzgado Civil de Santiago bajo, quien dedujo (falso) recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 15 de marzo pasado, que tuvo por interpuesto recurso de apelación deducido por la demandada. Estimando que la apelación resulta improcedente, solicita se acoja el recurso y se declare la inadmisibilidad de dicha impugnación. Explica que en la causa, el Tribunal acogió un entorpecimiento deducido por su parte, respecto de la prueba testimonial, pues la resolución que dispuso la reactivación del probatorio no se especificó la forma en que se debía llevar a cabo dicho medio de prueba. En contra de dicha resolución, la demandada repuso y apeló en subsidio, desestimando la reposición el Tribunal, y concediendo la apelación. Estima sin embargo, que dicha apelación es improcedente, toda vez que la resolución que acogió su entorpecimiento, no resolvió un incidente, por lo que se trata de un auto, que no ha alterado la sustanciación regular del juicio ni ha recaído sobre trámites que no están expresamente ordenados por ley, por lo que la apelación no es admisible. Segundo: Que del examen de los antecedentes se puede apreciar que el procedimiento, de naturaleza ordinaria que persigue una indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, con fecha 3 de enero del año en curso, el Tribunal dispuso la reanudación del término probatorio, previamente suspendido en virtud de lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 21.226. Luego, con fecha 15 de febrero el demandante alegó entorpecimiento respecto de la testimonial, atendida la imposibilidad de contar con receptor judicial para la su rendición, lo que fue acogido por el Tribunal mediante la resolución apelada. Tercero: Que la resolución impugnada es efectivamente un auto o decreto que, eventualmente, podría alterar la sustanciación
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además, lo dispuesto en el artículo 193 del Código de Procedimiento Civil, srechazate le recurso de apelaciptautor o decreto e rechaza el recurso de hecho deducido por la abogada Marisa Navarrete Novoa. Déjese constancia de la presente sentencia en la causa Ingreso Civil N° 3468-2022 Regístrese y comuníquese. N°Civil-3632-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 19 de marzo del año en curso, compareció Marisa Navarrete Novoa, abogada, por la parte demandante, en causa seguida ante el 14° Juzgado Civil de Santiago bajo, quien dedujo (falso) recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 15 de marzo pasado, que tuvo por interpuesto
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica