JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LEBU

IMPUTADO: GABRIEL ANTONIO GARCES SAEZ

Rol

Fecha

22 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA EN LO APELADO Y S/C

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Hechos

Visto y oído los intervinientes: 1°.- Que se ha alzado el Ministerio Público en contra del auto de apertura de juicio oral de la Juez de Garantía de Lebu, que excluyó como prueba de la Fiscalía tres informes periciales y unas fotografías por estimar que había sido obtenida con inobservancia de garantías constitucionales por haberse constatado mediante certificación del ministro de fe del tribunal que dicha prueba no se encontraba inserta en las copias que el Ministerio Público acompañó a la acusación, infringiendo así lo dispuesto en el artículo 260 del Código Procesal Penal, lo que afecta a la prueba excluida conforme lo previsto en el artículo 276 inciso 3° del mismo código. El apelante solicitó que se revoque la resolución recurrida y se disponga la incorporación de dicha prueba al auto de apertura de juicio oral para ser presentados al juicio respectivo. 2°.- Que de los antecedentes de la causa que obran en el sistema informático y de lo señalado por los intervinientes en la audiencia destinada a la vista del recurso, consta: a) el 14 de octubre de 2021, se presentó acusación, la que se tuvo por presentada y se fijó la audiencia preparatoria de juicio oral para el 25 de noviembre de 2021 y en el otrosí se “Solicito a SSa. Tener por acompañados los antecedentes de la investigación del caso de que se trata, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 260 del Código Procesal Penal”, a lo que el tribunal proveyó: “Téngase por acompañados los antecedentes de la investigación e infórmese a la defensa que éstos se encuentran a su disposición en el sistema virtual”; b) la audiencia se señaló para el 20 de diciembre de 2021, el Ministerio Público propuso un procedimiento abreviado y se fijó dicha audiencia para el 15 de febrero de 2022 y posteriormente para el 22 de marzo recién pasado, día en el que el a quo dispuso: “Para efectos de resolver la primera solicitud de exclusión de medios de prueba, previamente certifíquese por Ministro de Fe si en los antecedentes aco

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 45, 276 y 277 del Código Procesal Penal y demás normas citadas, se revoca, en lo apelado y sin costas, la resolución de veintitrés de marzo recién pasado dictada por el Juzgado de Garantía de Lebu que excluyó la prueba de cargo ofrecida por el Ministerio Público, consistente en los números 1, 2 y 3 del apartado de prueba pericial singularizada con el número 3; y en el apartado prueba documental, material y otros medios de prueba que corresponde al número 2, se excluyen igualmente lo relativo a 5 fotografías relativas a armas y municiones incautadas correspondientes a peritajes balísticos y 6 fotografías de la víctima Torres Puen y en consecuencia, dichas pruebas quedan incluidas en el auto de apertura de juicio oral en esta causa, en los términos solicitados por el Ministerio Público. Léase en la audiencia de hoy, insértese en el sistema informático, levántese el acta pertinente y notifíquese por el estado diario. Devuélvase. Redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular. Aunque concurrió a la vista de la causa y al acuerdo, no firma la abogada integrante María José Menchaca Weinert, por estar ausente. N°Penal-277-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, veintidós de abril de dos mil veintidós. Visto y oído los intervinientes: 1°.- Que se ha alzado el Ministerio Público en contra del auto de apertura de juicio oral de la Juez de Garantía de Lebu, que excluyó como prueba de la Fiscalía tres informes periciales y unas fotografías por estimar que había sido obtenida con inobservancia de garantías constitucionales po

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