NOA MILAGROS MACHUCA FERNANDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado don Tomás Matheson Mujica, domiciliado en Magdalena 140, oficina 1801, Las Condes, en nombre de la ciudadana peruana doña Ana Gabriela Fernández Varillas, empleada, madre de la niña de nacionalidad argentina N.M.M.F., domiciliadas Pasaje Dos 610, San Miguel, para recurrir de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por el Director Nacional don Luis Thayer Correa, domiciliados en Chacabuco 1216, Santiago, por demorar en transgresión del artículo 27 de la Ley 19.880, el otorgamiento del certificado de visa temporaria en trámite a la primera y la rectificación de la individualización de la segunda, pues su certificado consigna como segundo apellido “Milagros” y no “Fernández”, impidiéndole acreditar -por una parte- su estado migratorio regular y salir del país y-por otra- la filiación. Califica, en consecuencia, el obrar reprochado como ilegal y lesivo de sus derechos tutelados en el artículo 19 N°7 del texto fundamental; y pide, en definitiva, que se ordene la emisión del certificado y la rectificación solicitadas. Segundo: Que el abogado don Francisco Javier Errázuriz Quiroz informa que mediante Resolución Exenta N°22160509, de 19 de abril de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, se acogió la solicitud otorgándose una visación de residencia temporaria, por el periodo de un año en condición de titular, cuyo estampado electrónico está disponible en la página virtual electrónica: https://tramites.extranjeria.gob.cl – en que se consigna, además, la identidad correcta de la niña por quien se recurre. Pide, en consecuencia, que se rechace el recurso por haber perdido oportunidad. Tercero: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley,
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, contra el recurso la abogada Stephanie Pinto González. La vista de la causa inició a las 9:09 y terminó a las 9:12 horas. San Miguel, 22 de abril de 2022. Cristián Alcántara Mödinger, relator. San Miguel, veintidós de abril de dos mil veintidós. Al escrito folio 26443: A lo principal, téngase presente; Al otrosí, a sus antecedentes. Al folio 26444: Téng
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