BAEZA/LOGÍSTICA Y INTEGRAL LIMITADA
Rol
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1º) Que, la sentencia dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en la causa RIT M-1524-2018, declara en el numeral I de su parte resolutiva: “I.- Que el despido efectuado por la demandada no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo y en consecuencia deberá pagar al demandante las remuneraciones, cotizaciones de seguridad social en AFP Capital, FONASA y AFC CHILE SA y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, desde el día 09 de marzo de 2018 y hasta que se acredite el pago efectivo de las cotizaciones adeudadas a la fecha del despido”. 2º) Que, la misma sentencia en el numeral II letra c) de lo dispositivo, condena a la demandada al “pago de cotizaciones de seguridad social en AFP Capital, AFC Chile, ambas por el mes de marzo de 2018, y en Fonasa por el mes de febrero y marzo de 2018”. 3º) Que, de acuerdo a los documentos acompañados por la demandada con fecha 23 de julio de 2020 y lo informado por AFP Capital, Fondo Nacional de Salud y por AFC CHILE, las cotizaciones de seguridad social de actor que la sentencia declara como impagas fueron solucionadas el 13 de junio de 2018. 4°) Que, en estas condiciones, habiéndose acreditado que las cotizaciones de seguridad social de actor adeudadas a la fecha del despido, conforme se expuso en el numeral precedente, se encuentran efectivamente solucionadas por la demandada, con fecha 13 de junio de 2018, en los términos en que fue ordenado por el tribunal declarativo, en concepto de esta Corte, en este caso el despido se convalidó en la fecha en que se efectuó el pago. Por estas consideraciones; se revoca, en lo apelado, la resolución de seis de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, en la causa RIT C-1070-2019, y se declara en cambio, que el despido del actor fue convalidado el 13 de junio de 2018, debiendo el juez a quo ordenar la práctica de una nueva liquidación que cons
Fallo
Por estas consideraciones; se revoca, en lo apelado, la resolución de seis de noviembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, en la causa RIT C-1070-2019, y se declara en cambio, que el despido del actor fue convalidado el 13 de junio de 2018, debiendo el juez a quo ordenar la práctica de una nueva liquidación que considere la referida convalidación. Comuníquese. N° Laboral - Cobranza-950-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, e integrada, además, por la Ministra señora María Loreto Gutiérrez Alvear y la Fiscal Judicial señora Clara Isabel Carrasco Andonie.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, veintidós de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: 1º) Que, la sentencia dictada por el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en la causa RIT M-1524-2018, declara en el numeral I de su parte resolutiva: “I.- Que el despido efectuado por la demandada no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo y en consecuencia d
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