BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/CONTRERAS
Rol
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Primero: Que la parte ejecutada dedujo incidente de abandono del procedimiento con fecha 04 de noviembre de 2021, invocando como última resolución recaída en una gestión útil para dar curso progresivo a los autos, la resolución que recibió la causa a prueba, dictada con fecha 11 de septiembre de 2020, la que no ha sido notificada a las partes. Segundo: Que a la fecha de presentación del incidente de abandono, ya había transcurrido el plazo de seis meses establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, sin que este último se hubiese suspendido por aplicación del artículo 6° de la Ley 21.226, al no haber sido notificada la resolución que recibió la causa a prueba, lo que impide el inicio del término probatorio, al tenor de lo dispuesto en los artículos 65 y 327 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que, en efecto, se ha señalado por la Excma. Corte Suprema en sus autos Rol N 22.173-2021 que la suspensión que estatuye la Ley 21.226 se refiere a los tramites probatorios que surjan y/o continúen durante el estado de emergencia sanitaria, más no a la carga procesal que descansa en el actor de encomendar las notificaciones de las resoluciones que se dicten en el proceso, justamente para agilizar la prosecución de aquel cuyo resultado le interesa, razonamiento que se comparte. Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de marzo de dos mil veintidós, dictada en la causa Rit C-2196-2018, del Primer Juzgado de Letras de San Antonio y en su lugar se declara, que se hace lugar al incidente y se declara el abandono del procedimiento. Devuélvase. N°Civil-925-2022.
Fallo
Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de veinticinco de marzo de dos mil veintidós, dictada en la causa Rit C-2196-2018, del Primer Juzgado de Letras de San Antonio y en su lugar se declara, que se hace lugar al incidente y se declara el abandono del procedimiento. Devuélvase. N°Civil-925-2022.
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veintidós. Visto: Primero: Que la parte ejecutada dedujo incidente de abandono del procedimiento con fecha 04 de noviembre de 2021, invocando como última resolución recaída en una gestión útil para dar curso progresivo a los autos, la resolución que recibió la causa a prueba, dictada con fecha 11 de septiembre de 2020, la que no ha
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