SIN INFORMACION

FLORES/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN

Rol

Fecha

21 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA, SIN COSTAS

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: En estos antecedentes rol ingreso Corte 6870-2022 Protección, el abogado Jorge Lena Salgado, a favor de Rafaela Patricia Josefina Flores Alcalá, recurre de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por vulnerar de manera arbitraria e ilegal las garantías constitucionales de la Integridad física y psíquica, igualdad ante la ley, libertad personal y seguridad individual y libertad de trabajo que garantiza el artículo 19 números 1, 2, 7 y 16 de la Constitución Política de la República. Se explica en el recurso, en síntesis, que el recurrente ingresó regularmente a Chile el 10 de diciembre del año 2018, siendo titular de una Visa de Turista procedente de Venezuela. El día 6 de julio del 2021 doña Rafaela Flores Alcalá solicita la tramitación de su Solicitud de Permanencia Definitiva, remitiendo toda la documentación a través de oficinas de Corres de Chile, recibiendo el comprobante de Solicitud de Permanencia Definitiva N°26872376, pagando con posterioridad la orden respectiva emitida por Migración y Extranjeriza. Agrega que habiéndose recepcionado el pago de los derechos correspondientes, según se informa en la plataforma electrónica de extranjería y desde esa fecha, la recurrida no ha notificado ningún otro requerimiento a mi representada, por ende, no ha sabido si su solicitud está acogida o no a trámite, no sabe si hay que enmendar algún error de presentación, como tampoco sabe si su caso pasó o no a revisión documental. Pide que se instruya al citado organismo que ponga a disposición del recurrente la resolución que resuelve su solicitud de permanencia definitiva y el estampado de Visa para poder terminar con su trámite de Visa. Luego informa Diego Calderón Castillo, quien se identifica como abogado del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior señalando, en síntesis, que mediante Resolución Exenta Nº 21375628 de fecha 8 de diciembre de 2021 del Servicio Nac

Fundamentos

considerando: 1.- El recurso de protección ha sido instituido por el constituyente como una acción cautelar destinada a evitar las posibles consecuencias perniciosas derivadas de acciones u omisiones arbitrarias y/o ilegales, que priven, perturben o amenacen alguna, algunas o todas las garantías constitucionales expresamente señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, a fin de restablecer el imperio del Derecho y otorgar la debida protección a quien pueda resultar afectado. 2.- Resulta indispensable entonces, la existencia de alguna acción u omisión en que haya incurrido el recurrido, que ésta sea ilegal y/o arbitraria y, además, que dicha acción u omisión produzca alguna privación, perturbación o amenaza, respecto de alguna de las garantías constitucionales de la recurrente, de aquellas que se encuentran especialmente enumeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Además, dado el carácter cautelar de esta acción, es preciso que el derecho que se dice privado, perturbado o amagado por el recurrente tenga el carácter de indubitado. 3.- En este caso, la recurrente hace consistir el acto arbitrario o ilegal en la demora injustificada de la recurrida de pronunciarse sobre su solicitud de Permanencia, lo que la afecta en diversas cuestiones de su vida diaria, vulnerando con ello, entre otras garantías, la igualdad ante la ley que establece el actual texto constitucional. 4.- Por su parte, la recurrida, al informar el recurso, no solo dio cuenta del estado actual de tramitación de la solicitud de Permanencia Definitiva presentada por la recurrente, sino que además, explica las etapas del procedimiento aplicable y las medidas que ya se han adoptado para resguardar el normal funcionamiento del Servicio. 5.- Con lo expuesto, cabe recordar que ni el decreto ley 1094, que establece Normas sobre Extranjeros en Chile, ni el decreto 597, que Aprueba Nuevo Reglamento de Extranjería, establecen los plazos dentro de los cuales la autoridad administrativa debe pronunciarse, ya sea en relación a la permanencia de extranjeros en Chile o al otorgamiento de visas, en cualquiera de sus modalidades. Sin perjuicio de lo anterior, ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en su artículo 24 prescribe que las decisiones definitivas deberán expedirse dentro de los veinte días siguientes, contados desde que, a petición del interesado, se certifique que el acto se encuentra en estado de resolverse. Asimismo, el artículo 25 del citado cuerpo normativo señala que, salvo caso fortuito o fuerza mayor, el procedimiento administrativo no podrá exceder de seis meses, desde su iniciación hasta la fecha en que se emita la decisión final. 6.- De la manera expuesta queda de manifiesto que la recurrida ha demorado en exceso la revisión de los antecedentes de la recurrente, manteniendo en suspenso su petición mucho más allá de lo que resulta raz

Fallo

Por estas consideraciones, citas legales, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los recursos de protección y sus modificaciones, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por el abogado Jorge Lena Salgado, a favor de Rafaela Patricia Josefina Flores Alcalá, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena a la recurrida adoptar las medidas que sean necesarias para que se resuelva la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente dentro del plazo máximo de treinta días administrativos, contados desde que quede ejecutoriada la presente sentencia. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redacción del abogado integrante don Marcelo Matus Fuentes. No firma la ministra doña Matilde Esquerré Pavón, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con licencia médica. Rol 6870-2022 - Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, veintiuno de abril de dos mil veintidós. Visto: En estos antecedentes rol ingreso Corte 6870-2022 Protección, el abogado Jorge Lena Salgado, a favor de Rafaela Patricia Josefina Flores Alcalá, recurre de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por vulnerar de manera arbitraria e ilegal las gara

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