SIN INFORMACION

LEA / MINISTERIO DE SALUD

Rol

Fecha

22 de abril de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Christian Lea Ibar, abogado, con domicilio en Edmundo Eluchant N°1615 departamento 306 Reñaca Viña del Mar, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio de Salud, representado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso don Mario Parada Lezcano, con domicilio en Yungay 1725, Valparaíso, con motivo de la falta de stock de vacunas contra el virus Covid-19, para la aplicación de la cuarta dosis, tanto en el estadio Sausalito de Viña del Mar, como en cualquier otro lugar establecido para dichos fines, lo que ha conllevado al bloqueo de su pase de movilidad , todo lo cual estima conculca las garantías constitucionales del artículo 19 N° 7 y 9 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene el desbloqueo del pase de movilidad y se disponga un día y hora para concurrir a la colocación de la cuarta dosis. Agrega finalmente que las dos primeras dosis de la vacuna señalada fueron aplicadas en Chile y, la tercera, en la ciudad de Boston en Estados Unidos, la cual fue debidamente visada por la autoridad sanitaria para su ingreso al país. Con todo, el actuar de la recurrida, afirma le ha generado consecuencialmente una limitación de su libre desplazamiento al bloquear su pase de movilidad, pese a encontrarse dentro de las fechas estipuladas para su vacunación. A folio 4, informa la Secretaría Regional Ministerial de Salud, señalando que de los antecedentes que cuenta, el recurrente fue inoculado el 29 de marzo de 2022, y, en tal fecha, afirma que el Registro Nacional de Inmunizaciones no contaba con la información de que el usuario se había vacunado el 23 de septiembre de 2021, en el extranjero. Lo anterior, puesto que dicha información aparece sólo en su pase de movilidad. En virtud de aquello, indica que la dosis aplicada el 29 de marzo de 2022, fue catalogada como tercera dosis, ya que el Registro de Inoculación indicaba que su segunda dosis había sido puesta el 07 de ab

Fundamentos

considerando: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, consta que el recurrente ha sido inoculado con su cuarta dosis contra el virus Covid-19 y su pase de movilidad ha sido rehabilitado por dicho motivo, de manera tal, que los actos contra los cuales se han recurrido en estos autos han desparecido, por lo que el presente arbitrio no podrá prosperar, por haber perdido oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, el recurso de protección interpuesto por Christian Lea Ibar, en contra del Ministerio de Salud. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-13432-2022.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintidós de abril de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Christian Lea Ibar, abogado, con domicilio en Edmundo Eluchant N°1615 departamento 306 Reñaca Viña del Mar, quien interpone recurso de protección en contra del Ministerio de Salud, representado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso don Mario Parada Lezcano,

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