COMERCIALIZADORA VICTORY SPA/FERJ CHAMY CARLOS ACUM. ING. CORTE 12298-2019.-
Rol
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
DE FALLO
Hechos
VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que tal como señala la juez a quo, la interrupción de la prescripción de la acción cambiaria de algunas de las facturas que se intentaban cobrar ejecutivamente en esta causa se produjo con la notificación de la gestión preparatoria, esto es, el 24 de octubre de 2018, motivo por el cual se encuentran prescritas únicamente las acciones ejecutivas de todas aquellas facturas cuya fecha de vencimiento era anterior al 24 de octubre de 2017, situación que no acontece respecto de los documentos N°s 450.y 458, que se hicieron exigibles los días 26 de octubre de 2017 y el 03 de noviembre de 2017, por lo que a la época de la notificación antes mencionada no había transcurrido el plazo que establece el artículo 10 de la Ley 19.983 respecto de ellas, motivo por el cual deberá rechazarse en lo que les atañe la excepción del numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil y enmendarse el fallo apelado sólo en relación a este aspecto. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se revoca la sentencia apelada de fecha doce de agosto de dos mil diecinueve, dictada en los autos rol N° C-14166-2018, seguidos ante el 9ºJuzgado Civil de Santiago, en cuanto acogió la excepción de prescripción de la acción cambiaria respecto de las facturas N°s 450.y 458; y en su lugar se declara que se la rechaza en lo que a ellas concierne. II.- Que se confirma, en lo demás apelado, el aludido fallo. Regístrese y devuélvase. N°Civil-12176-2019. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
fallo apelado sólo en relación a este aspecto. Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se revoca la sentencia apelada de fecha doce de agosto de dos mil diecinueve, dictada en los autos rol N° C-14166-2018, seguidos ante el 9ºJuzgado Civil de Santiago, en cuanto acogió la excepción de prescripción de la acción cambiaria respecto de las facturas N°s 450.y 458; y en su lugar se declara que se la rechaza en lo que a ellas concierne. II.- Que se confirma, en lo demás apelado, el aludido fallo. Regístrese y devuélvase. N°Civil-12176-2019. Pronunciada por la Segunda Sala, integrada por el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señor Enrique Faustino Duran Branchi y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que tal como señala la juez a quo, la interrupción de la prescripción de la acción cambiaria de algunas de las facturas que se intentaban cobrar ejecutivamente en esta causa se produjo con la notificación de la gestión preparatoria, esto es, el 24 de octubre de 2018, motivo por el cual se encuen
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