HERRERA/SOCIEDAD CONSTRUCTORA CYPRO SPA
Rol
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
PRESTACIONES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo ademas presente: 1° Que, atendido el merito de los antecedentes, se desprende que con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno, se presentó demanda en procedimiento monitorio, por Eduardo Herrera en contra de las demandada principal Sociedad Constructora Cypro Spa, y contra el demandado solidario Servicio de Salud Metropolitano Central, solicitando se declare la nulidad del despido y se condene a las demandadas a las prestaciones indicadas en la demanda, encontrándose radicado su conocimiento en el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, bajo el Rit M-2704-2021. 2° Que con fecha veinticuatro del mismo mes y año, presentó nuevamente la demanda bajo el mismo procedimiento, en los mismos términos señalados precedentemente, recayendo esta vez bajo el conocimiento del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, con el Rit M-2748-2021. 3° Que, en consecuencia no son efectivos los hechos indicados por el demandante en su solicitud de desistimiento, por cuanto la demanda fue promovida con anterioridad al conocimiento del 2° Juzgado de Letras del Trabajo. Por estas consideraciones se revoca la sentencia apelada de veintiocho de treinta de mayo de dos mil veintiuno, en cuanto acogió el desistimiento del actor, debiendo en consecuencia continuar con la tramitación del procedimiento tramitado bajo el Rit M-2704-2021, por encontrarse radicado el conocimiento en dicho tribunal. Evidenciándose de los antecedentes que la misma acción fue promovida en dos tribunales distintos, sin que el sistema captara la duplicidad de demandas, pasen al pleno los antecedentes para los fines pertinentes. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-842-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Mireya Eugenia López Miranda y la Fiscal Judicial señora Ana María Hernández Medina.
Fallo
Por estas consideraciones se revoca la sentencia apelada de veintiocho de treinta de mayo de dos mil veintiuno, en cuanto acogió el desistimiento del actor, debiendo en consecuencia continuar con la tramitación del procedimiento tramitado bajo el Rit M-2704-2021, por encontrarse radicado el conocimiento en dicho tribunal. Evidenciándose de los antecedentes que la misma acción fue promovida en dos tribunales distintos, sin que el sistema captara la duplicidad de demandas, pasen al pleno los antecedentes para los fines pertinentes. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-842-2022. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por los Ministros señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, señora Mireya Eugenia López Miranda y la Fiscal Judicial señora Ana María Hernández Medina.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de abril de dos mil veintidós. Al escrito folio 5: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo ademas presente: 1° Que, atendido el merito de los antecedentes, se desprende que con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno, se presentó demanda en procedimiento monitorio, por Eduardo Herrera en contra de las demandada principal Sociedad Constructora C
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