AGRUPACIÓN AMBIENTAL GENERACIÓN ECOLÓGICA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD SAN VICENTE T.T.
Rol
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Con fecha 13 de enero de 2022, comparece la AGRUPACIÓN AMBIENTAL GENERACIÓN ECOLÓGICA, representada por su presidente don JOEL ISAIAS LEIVA SÁNCHEZ, ambos con domicilio en calle Venecia Nº 0716, Villa Roma II, comuna de San Vicente de Tagua-Tagua, y la JUNTA DE VECINOS CALLEJONES, representada por su presidente don CRISTIAN NICOLÁS ESQUIVEL PAVEZ, ambos con domicilio en Callejón Ema Lizana Nº 3090, Callejones, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, deduciendo recurso de protección en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA, representada legalmente por su Alcalde don JAIME ENRIQUE GONZÁLEZ RAMÍREZ, ambos domiciliados en Calle Tagua Tagua Nº 222, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, y en contra de LA CRUZ INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA S.A., representante doña KARINA ESTAY, ambos domiciliados en calle Germán Riesco Abajo sin número, comuna de San Vicente de Tagua Tagua. Señala que con fecha 10 de enero del 2022 en calle Germán Riesco Abajo sin número, comuna de San Vicente de Tagua Tagua, la empresa La Cruz Inmobiliaria y Constructora S.A, comenzó el corte de 24 árboles y palmeras de la especie “Cruda Acacia” y “Washingtonia”, respectivamente, de una edad que fluctúa, entre los 15 a 20 años, ubicados en la vereda de dicha calle, logrando talar 15 de dichas especies a la fecha, lo anterior debido a que la recurrida desarrolla un proyecto inmobiliario denominado “El Prado”, que consiste en la construcción de locales comerciales y de 121 viviendas. Agrega que las autorizaciones para realizar la corta de dichos albores y palmeras fueron otorgadas por la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, sin que se hubiese informado a la ciudadanía de dicha decisión ni existiera participación de la misma. Incluso se intentó sostener una reunión con el encargado municipal del tema, sin embargo, ello no fue posible. Añade que el acto es arbitrario, ya que no solo causa un daño ambiental, sino que además la corta de dichas especies debe ser realizad
Fallo
Se declara admisible el recurso de protección y se ordena oficiar al Servicio Agrícola y Ganadero y al Servicio de evaluación Ambiental Con fecha 1 de febrero de 2022, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, informa que con los antecedentes presentados por los recurrentes, no se pueden pronunciar sobre el ingreso o no del Proyecto de autos, al SEIA, ya que dicho análisis depende de una mayor cantidad de antecedentes para abordar adecuadamente el estudio de la actividad o proyecto, ya sea mediante el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental o a través de una consulta de Pertinencia de ingreso al SEIA. Con fecha 2 de febrero del 2022, comparece FERNANDO ENRIQUE GUERRA GARCÍA, abogado, en representación de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Señala que el proyecto habitacional “El Prado I”, de propiedad de la Inmobiliaria la Cruz fue aprobado a través de un convenio directo entre esta última con el Servicio de Vivienda y Urbanización, de fecha 10 de enero de 2019, para la construcción del proyecto habitacional “ LOTEO EL PRADO” en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, cuya finalidad es otorgar una solución habitacional a un gran número de familias, mediante la construcción de viviendas de integración social en base a la normativa del DS19, todo lo cual da cuenta la Resolución Exenta Nº 143, de fecha 28 de enero del 2019. Para luego ingresar el expediente con los antecedentes r
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Rancagua, veintiuno de abril de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 13 de enero de 2022, comparece la AGRUPACIÓN AMBIENTAL GENERACIÓN ECOLÓGICA, representada por su presidente don JOEL ISAIAS LEIVA SÁNCHEZ, ambos con domicilio en calle Venecia Nº 0716, Villa Roma II, comuna de San Vicente de Tagua-Tagua, y la JUNTA DE VECINOS CALLEJONES, representada por su presidente don CRISTIAN NICOLÁS ESQUIV
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