C/ LUCAS BENJAMIN RAMIREZ FUENTES
Rol
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
RECHAZADO INCIDENTE
Hechos
VISTO: Que las cuestiones alegadas por el incidentista no guardan relación alguna con la normativa que regula el emplazamiento en segunda instancia, puesto que la vinculación a la información que entrega la Oficina Judicial Virtual, que se echa de menos en este caso, constituye un aspecto que no forma parte de los trámites propios que la ley regla para tal emplazamiento. Y de conformidad, además, con lo previsto en los artículos 352 a 361 y 364 y siguientes del Código Procesal Penal, SE RECHAZA, sin costas, el incidente de nulidad procesal formulado por el interviniente recurrente en folio 8. N°Penal-311-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Kvb/mfv Concepción, veintiuno de abril de dos mil veintidós. A los escritos folios 69301 (18) y 69795 (19): Téngase presente. VISTO: Que las cuestiones alegadas por el incidentista no guardan relación alguna con la normativa que regula el emplazamiento en segunda instancia, puesto que la vinculación a la información que entrega la Oficina Judicial Virtual, que se echa de menos
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