PÉREZ DE ARCE/AGRÍCOLA E INMOBILIARIA PÉREZ DE ARCE Y CIA LTDA
Rol
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: 1º) Que en los autos Rol C-44-2021, ingreso de esta Corte Rol 320-2021 (civil) se ha deducido recurso de apelación en calidad de subsidiaria de la reposición intentada por el abogado Alejandro Jofré Laupichler en representación de la parte demandada Agrícola e Inmobiliaria Pérez de Arce y Compañía y otros, en contra de la resolución de fecha diecinueve de noviembre recién pasado, por la cual se acogió la petición de doña Paola Pérez de Arce Zepeda que la tuvo como parte demandante en la causa, estableciendo el plazo de diez días a fin que cumpla lo establecido en los artículos 12 y 13 del código de procedimiento civil, esto es, proceda a designar procurador común con el resto de los demandantes. 2º) Que la pretensión del recurrente, encaminada a que se deje sin efecto la aludida resolución, se funda en que no resulta un hecho tolerado por la legislación adjetiva civil que nos rige, el que una vez contestada la demanda, esta pueda ser modificada de la manera que busca la Sra. Pérez de Arce Zepeda, estimando que resolver como lo ha hecho la jueza recurrida importa la posibilidad de enmendar la demanda después de haberse trabado la litis. 3º) Que, por otra parte, a juicio del recurrente, luego de contestada la demanda no pueden incorporarse ni nuevos demandantes ni nuevos demandados, aunque los noveles actores pretendan sostener la misma acción que los otros, pues ello implica -en rigor- según afirma, deducir una nueva demanda de la cual su parte no se ha defendido en tiempo y forma, pues no ha nacido la oportunidad para hacerlo, privándosele del derecho a defensa. 4º) Que igualmente argumenta el recurrente que la errada inteligencia que la jueza del grado imprime a la situación concernida, implicaría en los hechos, de admitir nuevos demandantes después de contestada la demanda, dejar esta situación en la indeterminación procedimental, pues podría llevar a una interpretación irracional como es entender que nuevos actores se podrían incorporar al juicio en cu
Fallo
se declara que SE REVOCA la resolución apelada de fecha diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la jueza titular del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar Kerima Schichaschwili Carvajal, en cuanto acoge la petición de doña Paola Pérez de Arce Zepeda en orden a tenerla como parte demandante en el juicio y en su lugar se declara que se rechaza tal petición, sin costas, por haber tenido motivo plausible para litigar. Redacción de la ministra titular Marcela Araya Novoa Regístrese y devuélvase. Rol N° 320-2021 (civil).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintiuno de abril dos mil veintidós. VISTOS: 1º) Que en los autos Rol C-44-2021, ingreso de esta Corte Rol 320-2021 (civil) se ha deducido recurso de apelación en calidad de subsidiaria de la reposición intentada por el abogado Alejandro Jofré Laupichler en representación de la parte demandada Agrícola e Inmobiliaria Pérez de Arce y Compañía y otros, en contra de la reso
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