1º JUZGADO CIVIL DE CHILLAN

SOCIEDAD DE INVERSIONES MAURIZIANO LO PRESTI LIMITADA/SILOS ACONCAGUA LTDA

Rol

Fecha

26 de abril de 2022

Materia

LIQUIDACIÓN FORZOSA EMPRESA DEUDORA

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°.- Que, la Ley N° 20.720 es una ley especial y contiene una serie de reglas procesales que difieren de las normas generales en materia de derecho procesal civil, la que por su particular naturaleza y finalidad de los distintos procedimientos concursales que establece, requieren una tramitación rápida y eficaz. Al regular el sistema recursivo, se denota que el espíritu del legislador fue el de simplificar el procedimiento y restringir el ejercicio de los recursos que contempla el Código de Procedimiento Civil, limitándolos sólo a los casos en que expresamente consagre tal derecho. El recurso de apelación sólo resulta procedente contra aquellas resoluciones que la ley expresamente conceda el recurso. 2°.- Que, en el presente caso, la apelación ha sido interpuesta en contra de la resolución que decretó “AUTOS”, la cual no está expresamente regulada en la Ley N° 20.720. 3º.- Que, la resolución antes nombrada tiene la naturaleza jurídica de un “decreto” y, por ende, resultaría procedente su impugnación mediante un recurso de apelación, conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo, la Ley N° 20.720 no la considera expresamente entre las resoluciones que admiten apelación, situación en la cual corresponde aplicar lo previsto en su artículo 4°. El principio general contenido en el artículo 4° del Código Civil- que en materia procesal reitera el artículo 3° del Código de Procedimiento Civil- determina que, por su especialidad, el artículo 4° de la Ley N° 20.720 prima por sobre las disposiciones de carácter general, pues, como ya fuera enunciado, la intención del legislador concursal fue modificar el sistema recursivo y restringir el ámbito de aplicación del recurso de apelación, limitándolo sólo a los casos expresamente contenidos en ese estatuto. En consecuencia, aun cuando el recurso de apelación tiene el carácter de un recurso ordinario que procede en general en contra todas las resoluciones, según los cánones amplios de los artícu

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario interpuesto por el abogado Patricio Martínez Díaz, liquidador titular provisional, en contra de la resolución dictada con fecha diez de marzo del año 2022. Devuélvase. N°Civil-209-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan CPR/ANR Chillan, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Vistos: 1°.- Que, la Ley N° 20.720 es una ley especial y contiene una serie de reglas procesales que difieren de las normas generales en materia de derecho procesal civil, la que por su particular naturaleza y finalidad de los distintos procedimientos concursales que establece, requieren una tramitación rápida y eficaz. Al

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica