JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ DARWIN BRYAN GATICA FUENTES (QTE. FABIAN ANDRES GUTIERREZ VASQUEZ)

Rol

Fecha

20 de abril de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 370 del Código Procesal Penal dispone que las resoluciones dictadas por el Juez de Garantía son apelables cuando pusieren término al procedimiento, hicieron imposible su prosecución o lo suspendieron por más de treinta días y, cuando la Ley lo señale expresamente. Segundo: Que en autos la parte querellante apeló de la resolución que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar formulada por el Ministerio Público y la negativa a reabrir la investigación, resoluciones que no se encuentran en ninguna de las hipótesis contempladas en el artículo 370 del Código Procesal Penal, pues ellas no han puesto término al procedimiento ni lo han suspendido por más de 30 días, pudiendo reabrirse en caso de aportarse nuevos antecedentes y en tanto no se dicte sobreseimiento definitivo. No estando –además- expresamente contemplado el recurso de apelación en contra de este tipo de resoluciones, el presentado en la especie no puede ser admitido. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 365 y siguientes del Código Procesal Penal, se acoge la incidencia planteada por el representante del Ministerio Público y, en consecuencia se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte querellante en contra de la resolución de veinticinco de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar en el procedimiento y no dio lugar a la reapertura de la investigación, sin perjuicio de los derechos del interviniente para instar en su oportunidad por la prosecución de la misma. Devuélvase. N° 861-2022 Penal. Pronunciada por la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras señoras María Teresa Díaz Zamora, Claudia Lazen Manzur y abogado integrante señora Yasna Bentjerodt Poseck.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte querellante en contra de la resolución de veinticinco de marzo del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que tuvo por comunicada la decisión de no perseverar en el procedimiento y no dio lugar a la reapertura de la investigación, sin perjuicio de los derechos del interviniente para instar en su oportunidad por la prosecución de la misma. Devuélvase. N° 861-2022 Penal. Pronunciada por la Sexta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las ministras señoras María Teresa Díaz Zamora, Claudia Lazen Manzur y abogado integrante señora Yasna Bentjerodt Poseck.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinte de abril de dos mil veintidós. Sexta Sala Zoom Rol: 861-2022-PENAL RUC: 2010056179-5 RIT: 13906-2020 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Ministro de fe: Camila Philp Salgado. Digitadora: Carolina Orellana Medina Ministerio Fabiola Lizama D. Defensor: Humberto Thoms Querellante: Jorge Urrea S. Hora de inicio: 09.39 horas Hora de término: 09.50 horas Imputado: M.P C/DA

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