BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/GUERRERO
Rol
Fecha
26 de abril de 2022
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil en contra de la resolución que recibe la causa a prueba sólo se podrá deducir apelación en forma subsidiaria a la reposición, dentro de tercero día, contados desde su notificación. Que del mérito del estampado receptorial de veintiuno de enero de dos mil veintidós, consta que la parte demandada fue notificada en esa fecha, y el recurso fue interpuesto con fecha veintiséis de enero del presente año, por lo que cabe relacionar que ha sido interpuesto en forma extemporánea. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 201, 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintiséis de enero de dos mil veintidós, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-2836-2022. vot
Fallo
se declara inadmisible por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, con fecha veintiséis de enero de dos mil veintidós, en contra de la resolución que recibe la causa a prueba de treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno. Comuníquese. N°Civil-2836-2022. vot
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Por recibidos los antecedentes, y en su mérito, se tiene por cumplido lo ordenado. Al folio N°4: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo establecido en los artículos 318 y 319 del Código de Procedimiento Civil en contra de la resolución que recibe la causa a prueba s
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