JUZGADO DE GARANTIA DE OSORNO

MP C/ SONIA DEL PILAR DIAZ SANTIBANEZ

Rol

Fecha

19 de abril de 2022

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando concurrentes todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se REVOCA la resolución apelada de diecisiete de abril de dos mil veintidós y, en su lugar, se dispone la prisión preventiva de la imputada Sonia del Pilar Díaz Santibáñez. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. FLDWYZZMGP Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 543 – 2022 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 19 de abril de 2022. Marcela Robles Sanguinetti Relatora En Valdivia, diecinueve de abril de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. FLDWYZZMGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se decrete la prisión preventiva de la imputada. Acto seguido alega la defensa, quien en mérito de las alegaciones y fundamentos de derecho que expone en la audiencia, solicita se confirme la resolución en alzada. Los intervinientes hacen uso de su derecho a réplica. El Sr. Presidente de la Sala da por terminados los alegatos y comunica la siguiente resolución: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y estimando concurrentes todos los requisitos del artículo 140 del Código Procesal Penal, se REVOCA la resolución apelada de diecisiete de abril de dos mil veintidós y, en su lugar, se dispone la prisión preventiva de la imputada Sonia del Pilar Díaz Santibáñez. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Juan Ignacio Correa Rosado, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese. FLDWYZZMGP Se deja constancia que las intervinientes quedan notificadas de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol 543 – 2022 PEN. La Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, 19 de abril de 2022. Marcela Robles Sanguinetti Relatora En Valdivia, diecinueve de abril de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución precedente. Ministro de fe. FLDWYZZMGP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte

Texto Completo (Preview)

A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DIA DIECINUEVE DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDÓS, PARA LA VISTA- POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN CAUSA RUC 2200363344- K, RIT 1823–2022. ROL CORTE 543–2022. Siendo las 9:12 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia, con la asistencia del Ministro Sr. Juan Ignaci

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