BAEZA/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
19 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1.- Que la sola interposición de la tercería no suspende el procedimiento sino que ello es procedente cuando existen antecedentes suficientes que permiten concluir que dicha suspensión es indispensable para el resultado del proceso. 2.- Que en la presente causa no se aprecian antecedentes serios, calificados y graves que permitan concluir que necesariamente se debe paralizar el proceso para el logro de los objetivos de la tercería, por lo que, dicha suspensión debe ser dejada con efecto.
Fallo
Por lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA en su parte apelada, la resolución de 19 de enero de 2022, dictada en causa Rit C-130-2020 del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca y, en su lugar, se decide que no se hace lugar a la suspensión solicitada, sin costas del recurso. Devuélvase. Redacción del Ministro don Gerardo Bernales Rojas. N°Laboral - Cobranza-127-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, diecinueve de abril de dos mil veintidós. Visto y considerando: 1.- Que la sola interposición de la tercería no suspende el procedimiento sino que ello es procedente cuando existen antecedentes suficientes que permiten concluir que dicha suspensión es indispensable para el resultado del proceso. 2.- Que en la presente causa no se aprecian antecedentes serios, calificados y gr
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