JUZGADO DE GARANTIA DE SAN VICENTE DE TAGUA-TAGUA

JORGE RODRIGO GONZALEZ ORELLANA C/ JUAN CARLOS RAMIREZ FERNANDOY

Rol

Fecha

19 de abril de 2022

Materia

CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Que, del mérito de los antecedentes aparece que no existe inactividad procesal por parte del querellante, toda vez que ha justificado de manera suficiente sus solicitudes de reprogramación de audiencia, como también lo hizo al solicitar la reprogramación de la audiencia fijada para el día 4 de abril del año en curso, por lo que se estima que no se cumple con los presupuestos que establece el artículo 402 del Código Procesal Penal para efectos de declarar el abandono de la acción. Por lo anterior y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de abril de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de San Vicente de Tagua Tagua, en causa RIT 2821-2021, en cuanto declara el abandono de la acción y decreta el sobreseimiento definitivo en conformidad al artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal, y en su lugar se dejan sin efecto las referidas resoluciones y se ordena continuar con la tramitación de la causa por juez no inhabilitado. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte N° 625-2022- Penal-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diecinueve de abril de dos mil veintidós. Vistos: Que, del mérito de los antecedentes aparece que no existe inactividad procesal por parte del querellante, toda vez que ha justificado de manera suficiente sus solicitudes de reprogramación de audiencia, como también lo hizo al solicitar la reprogramación de la audiencia fijada para el día 4 de abril del año en curso, por

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