DOMMAR/EDUARDO BUSTORF Y CIA LTDA
Rol
C-2690-2019
Fecha
17 de abril de 2020
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: 1.- Que con fecha 20 de febrero del año en curso, comparece la ejecutada interponiendo incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, fundada en que la carta certificada que contenía el requerimiento de pago, nunca les llegó, ya que fue enviada a “Ahumada 254, Santiago”, dirección incorrecta, ya que el domicilio exacto era “Ahumada 254 oficina 305, Santiago”, y además, alega que desde el mes de febrero de 2019, tampoco ese es su domicilio, ya que desde dicho mes se encuentra domiciliada en la comuna de Las Condes, razones que explican que no haya recibido la carta certificada. Agrega que, con fecha 20 de febrero de 2020, el ejecutivo del Banco Santander ha informado a la empresa del embargo de dineros de su cuenta corriente, siendo la primera información que se tiene sobre este proceso ejecutivo. A la conclusión y previas citas legales solicita se tenga por interpuesto incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento y en definitiva se retrotraiga este proceso ejecutivo a la etapa procesal que corresponda, solicitando desde ya se deje sin efecto el embargo sobre los dineros señalados. 2.- Que, con fecha 27 de febrero de 2010 la ejecutante evacua el traslado conferido el 24 del mismo mes, haciendo presente que la ejecutada tenía conocimiento del juicio declarativo y además debió poner en conocimiento del tribunal el cambio de domicilio, justamente en la etapa declarativa, dado que el cambio de domicilio al que alude, fue en febrero de 2019, y la audiencia preparatoria en la que se arribó a la conciliación, se desarrolló en abril de 2019. 3.- Que del mérito de los antecedentes que obran en autos, es posible constatar que con fecha 19 de julio de 2019, se remitió carta certificada a la ejecutada de autos, BES PLUS SPA, al domicilio ubicado en “AHUMADA 254, SANTIAGO”, siendo el caso conforme los antecedentes que es posible tener a la vista en sede declarativa a la que se tiene acceso vía interconexión, que el domicilio co
Fallo
se resuelve: Téngase por opuesta la excepción de pago, traslado. Notifíquese la presente resolución a los apoderados de ambas partes mediante correo electrónico. RIT: C-2690-2019 RUC: 19-4-0158554-3 Proveyó la Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a diecisiete de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. Mts/rdg 2020-04-17T18:03:34-0400
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecisiete de abril de dos mil veinte. Resolviendo derechamente el incidente de nulidad planteado por la ejecutada, en lo principal del escrito ingresado con fecha 20 de febrero de 2020: Vistos: 1.- Que con fecha 20 de febrero del año en curso, comparece la ejecutada interponiendo incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, fundada en que la carta certificada que
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