Jdo. de Letras de Rengo

GODOY/MUNICIPALIDAD DE RENGO

Rol

C-6-2020

Fecha

3 de abril de 2020

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1°Que la parte ejecutada dedujo incidente de tasación de costas personales (regulación), en contra de la resolución de fecha 25 de marzo de 2020 que las fijó en la cantidad de $200.000, solicitando a US que estas fueran dejadas sin efecto , o en subsidio, rebajadas en una suma prudencial y conforme al mérito del proceso. Argumenta que la ejecutante obtuvo oportuna e íntegramente el pago de lo adeudado, sin necesidad de actuación alguna de la contraria que permita sustentar el monto fijado y que la ejecutada procedió al pago íntegro de lo adeudado en un breve plazo (inferior a 10 días). Indica que atendido a lo señalado en sus argumentaciones, la tasación de las costas personales fijada pareciera estar sobrevalorada y ser abusiva. Concluye solicitando a US dejar sin efecto la resolución de fecha 25 de marzo de 2020,no dar lugar a la solicitud de regulación de costas personales, o en subsidio, que éstas fueran fijadas prudencialmente. 2°Que evacuado el traslado conferido, la ejecutante señala en su escrito que el procedimiento de cobranza laboral se origina por el incumplimiento de pago en el lapso legal por parte de la ejecutada y debe ser tramitado en un proceso diferente y que si se hubiere dado cumplimiento oportuno a lo ordenado en la Sentencia que dio origen a estos autos, la causa no hubiere llegado a la fase de cumplimiento. Indica que los gastos derivados por este procedimiento de cumplimiento deben ser pagados por quien los originó, en este caso la ejecutada Ilustre Municipalidad de Rengo. Arguye que el actuar de US se encuentra ajustado a derecho y se condice con lo resuelto en otras causas, dando como ejemplo la causa RIT C-7-2020 en que se fijaron las costas personales en la suma de $700.000, siendo el monto de la liquidación la suma de $10.012.000, por lo que el monto que ha sido regulado en autos por US de modo alguno excede los márgenes legales, encontrándose ajustado al mérito del proceso. Concluye sus argumentos solicitando a US no dar

Fundamentos

considerando que la tasación de las costas personales fijadas en la suma de $200.000 constituyen a juicio del Tribunal una cantidad prudencial,

Fallo

SE RESUELVE: PXXXPCXMZZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl I.-Que no ha lugar al incidente de Objeción a las Costas Personales de fecha 25 de marzo de 2020 interpuesta por la ejecutada. II. Que no se condena en costas a la ejecutada por estimarse tuvo motivos plausibles para incidentar. RIT: C-6-2020 RUC: 19-4-0160999-K Proveyó don EDILIO DAMIAN JORQUERA RIVERA, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras de Rengo pvo En Rengo a tres de abril de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2020-04-03T16:50:43-0300

Texto Completo (Preview)

Rengo, tres de abril de dos mil veinte. Téngase por evacuado el traslado conferido con fecha 31 de marzo de 2020 por el abogado de la ejecutante don Sebastián Avendaño Farfán. Por ingresado a mi despacho con esta fecha y resolviendo derechamente el incidente promovido por la ejecutada 30 de marzo de 2020: VISTOS: 1°Que la parte ejecutada dedujo incidente de tasación de costas personales (regulaci

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