MARAMBIO/INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRIA
Rol
Fecha
18 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Rafael Marambio Ortiz, compareciendo en nombre de don Nicanor Jaime Marambio Fischer, ambos con domicilio para estos efectos en Alonso de Camargo N° 9060 departamento 131, comuna de Las Condes, quien interpone acción de protección en contra del Hospital Salvador, representado legalmente por su director don Enrique Mullins Lagos y en contra del Instituto Nacional de Geriatría, representado legalmente por su directora doña Militza de Los Ángeles Bravo Verdugo, por haber incurrido dichas instituciones de Salud por sí mismas o por personal de su dependencia en actuaciones ilegales y/o arbitrarias en el contexto de la atención médica de urgencia a la que se ha visto sometido el recurrente desde el pasado 23 de enero de 2022, fecha en la que es ingresado a la Urgencia del Hospital Salvador y que persiste hasta el día miércoles 9 de febrero del año 2022, hechos que afectan el derecho a la vida e integridad física y psíquica del afectado, en relación con el derecho a la protección de la salud y el derecho a la igualdad ante la ley. Indica que el 23 de enero de 2022, su tío paterno don Nicanor Jaime Marambio Fischer de 72 años, ingresó a la Urgencia del Hospital Salvador, trasladado desde su domicilio en ambulancia por el SAPU, debido a un episodio de disnea progresiva, asociado a dolor abdominal debido a insuficiencia cardiaca, náuseas, vómitos y diarrea, además de un cuadro de adormecimiento de las extremidades superiores. Relata que a partir del 23 de enero de 2021, don Nicanor pese a toda su condición de base fue mantenido en un box del servicio de urgencia durante 3 días, sin darle a la familia ningún tipo de información sobre su condición de salud. Expresa que el día 26 de enero de 2022, la cónyuge de don Nicanor, recibe un llamado del Instituto Nacional De Geriatría, en donde le informan que éste había sido trasladado a esa institución, ya que el Hospital Salvador no contaba con espacio suficiente para mantenerlo
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, la acción de protección impetrada en favor de don Nicanor Jaime Marambio Fischer y en contra del Hospital Salvador y del Instituto Nacional de Geriatría. Regístrese y comuníquese y archívese. N°Protección-957-2022.-
Texto Completo (Preview)
Santiago, dieciocho de abril de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Rafael Marambio Ortiz, compareciendo en nombre de don Nicanor Jaime Marambio Fischer, ambos con domicilio para estos efectos en Alonso de Camargo N° 9060 departamento 131, comuna de Las Condes, quien interpone acción de protección en contra del Hospital Salvador, representado legalmente por s
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