SEPÚLVEDA/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.
Rol
Fecha
20 de abril de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que se deduce recurso de protección en favor de María Soledad Sepúlveda Julio en contra de Isapre Cruz Blanca, en razón del acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro de un precio improcedente en el contrato de salud de la parte recurrente, el cual se calcula utilizando una tabla de factores que fue derogada por el Excmo. Tribunal Constitucional. Estima que dicha conducta priva, perturba y amenaza el legítimo ejercicio de los derechos garantizados en los numerales 2, 9 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita, en definitiva, acoger este arbitrio y declarar que para la determinación del precio del plan de salud, la recurrida deberá abstenerse de multiplicar el precio base del plan por el factor de riesgo, con expresa condenación en costas. Segundo: Que, informa la recurrida al tenor del recurso solicitando su rechazo, con costas. En primer término, alega la extemporaneidad del recurso, por haber sido interpuesto fuera del plazo de 30 días contado desde la fecha de afiliación de la parte recurrente. En cuanto al fondo, reclama que la presente acción persigue dejar sin efecto un acto jurídico bilateral, firmado en uso de la libertad contractual y en el ejercicio del derecho a la libre elección del sistema de salud, aceptando las condiciones vigentes a esa fecha, sin que exista algún derecho indubitado. Añade que la sentencia pronunciada por el Tribunal Constitucional que se cita, no derogó la aplicación de la tabla de factores. Por último, concluye que su conducta se conforma al ordenamiento jurídico vigente. I. - En cuanto a la extemporaneidad: Tercero: Que, la alegación de extemporaneidad será desestimada, teniendo presente, por una parte, que el acto que se califica de ilegal y arbitrario produce efectos permanentes en el patrimonio de la parte recurrente, ya que mensualmente se le descuenta de su remuneración el nuevo precio del plan de salud, y por la otra, que la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema ha desestimado dicha alegación por el motivo precedentemente expuesto. II. - En cuanto al fondo de la acción: Cuarto: Que, advirtiéndose que se trajo a la vista causa seguida ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en la cual se promovió por el mismo afiliado idéntico recurso de protección en contra de la Isapre recurrida, denunciando que la Isapre para determinar el valor de su plan de salud, utilizó la tabla de factores que fue elaborada en base a normas legales que posteriormente fueron derogadas por el Excelentísimo Tribunal Constitucional, por lo que la cuestión controvertida que motiva el presente Ingreso de Corte ya se encuentra fallada mediante sentencia ejecutoriada, siendo por ello inoficioso continuar con la tramitación de estos antecedentes, según se dirá en la parte resolutiva de este fallo. Quinto: Que, atendido lo razonado precedentemente el presente recurso no podrá prosperar debiendo ser rechazado.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza la excepción de extemporaneidad, se acoge la excepción de litispendencia y, en consecuencia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en autos a favor de María Soledad Sepúlveda Julio en contra de Isapre Cruz Blanca. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 43266-2021.- En Valparaíso, veinte de abril de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de abril de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que se deduce recurso de protección en favor de María Soledad Sepúlveda Julio en contra de Isapre Cruz Blanca, en razón del acto ilegal y arbitrario consistente en el cobro de un precio improcedente en el contrato de salud de la parte recurrente, el cual se calcula utilizando una tabla de factores q
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